Buscar
Reproduciendo
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Entrevistas ADN
Ex canciller rechaza afirmación de Gustavo Petro sobre supuesta ocupación de territorio colombiano por Perú
EP 1856 • 06:57
Reflexiones del evangelio
Lunes 28 de julio | (Nuestra Señora de la Paz) - "María dijo: Engrandece mi alma al Señor y mi espíritu se alegra en Dios mi salvador"
EP 1044 • 12:09
Informes RPP
INCORE 2025: Ayacucho, Huánuco y Huancavelica aún siguen debajo del promedio en competitividad regional
EP 1310 • 04:04

Declaran improcedente retiro de bloques de concreto de La Parada

La Cuarta Sala de Justicia de Lima rechazó el pedido para retirar los bloques de concreto y los efectivos policiales en el exmercado mayorista.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

La Cuarta Sala de Justicia de Lima rechazó el pedido para retirar los bloques de concreto y los efectivos policiales ubicados en los alrededores del exmercado mayorista La Parada.

El tribunal acogió la apelación que presentó la Municipalidad de Lima y deja sin efecto el hábeas corpus que emitió el juez Malzon Urbina en primera instancia.

"El Colegiado revocó el extremo de la resolución de fecha 1 de abril del 2013 que declara fundada la demanda constitucional de Habeas Corpus interpuesta por Ida Ávila Sedano contra Susana Villarán de la Puente y Jerónimo Wilfredo Pedraza", señala la Corte Superior de Justicia de Lima a través de un comunicado.

En su resolución, el colegiado declaró improcedente los pedidos planteados por la dirigente Ida Ávila Sedano respecto a la presunta vulneración al debido proceso, el derecho de inviolabilidad de domicilio, la existencia de actos perturbatorios que impiden el ejercicio del comercio al interior del mercado y declararon infundado el petitorio en relación a la afectación al derecho a la libertad individual.

Asimismo, la Sala Penal confirmó la resolución de fecha 1 de abril del 2013 que declara infundada la demanda de Habeas Corpus interpuesta por Ida Ávila Sedano contra Alberto Sánchez Aizcorbe, alcalde la Municipalidad de La Victoria.
 

Video recomendado

Tags

Más sobre Lima

Lo más leído

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA