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El ADN y la comprobación de Filiación de un Menor

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Mediante Ley 27048, del 6 de enero de 1999, se incorporó en el Código Civil el test del ADN

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Derechos y obligaciones en la familia

Manuel Miranda canales.
Abogado

Tema: Comprobación de filiación, el ADN, cómo realizar la filiación de un menor y en que casos se aplica un examen de ADN, quien lo solicita, el padre o la madre, se han dado casos en que un hijo la ha solicitado, se puede afirmar que todavía es una acción restringida por el costo del examen de ADN.

Como se recuerda en Marzo del 2010 el congreso aprobó el proyecto de ley planteado por la legisladora Luisa María Cuculiza. el proyecto de ley que establece que quienes estén demandados en juicios por filiación de paternidad extra matrimonial paguen los costos de la prueba de ADN.

La misma norma contempla que si se rehusaran a hacerlo, el juez los declarará como padres legítimos.

A la letra, la ley dice: “El costo de la prueba será abonado por el padre demandado en el momento de la toma de las muestras”. Además que: “Si transcurrieran diez días de vencido el plazo y el oponente no cumpliera con realizarse la prueba de ADN, la oposición será declarada improcedente y el mandato se convertirá en declaración judicial de paternidad”.

La disposición tiene como objetivo acelerar este tipo de casos y beneficiar a los niños que no son reconocidos.

Mediante Ley 27048, del 6 de enero de 1999, se incorporó en el Código Civil el test del ADN (ácido desoxirribonucleico), como medio probatorio en los procesos de filiación para determinar la paternidad o maternidad.

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