Buscar
Reproduciendo
RPP Noticias
Estás escuchando Estás escuchando En vivo En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Entrevistas ADN
Entrevistas ADN
Ministro dice que Perú busca inversiones japonesas con viaje de presidenta
EP 1857 • 09:41
Reflexiones del evangelio
Reflexiones del evangelio
Lunes 28 de julio | (Nuestra Señora de la Paz) - "María dijo: Engrandece mi alma al Señor y mi espíritu se alegra en Dios mi salvador"
EP 1044 • 12:09
Informes RPP
Informes RPP
INCORE 2025: Ayacucho, Huánuco y Huancavelica aún siguen debajo del promedio en competitividad regional
EP 1310 • 04:04

Este jueves será laborable y está excluido del feriado largo

Gobierno Regional de Jun
Gobierno Regional de Jun

Respecto a los centros de trabajo del sector privado, la disposición legal señala que estos podrán acogerse a esa disposición, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El Ejecutivo excluyó el jueves 29 de agosto de los días declarados no laborables para los trabajadores del sector público, a nivel nacional, de tal manera que el próximo fin de semana largo solo comprenderá el viernes 30, Día de Santa Rosa de Lima, el sábado 31, así como el domingo 01 de setiembre.

Según el Decreto Supremo N° 062-2013-PCM, publicado el pasado 2 de junio y que modifica el artículo 1 del Decreto Supremo N° 123-2012-PCM, esta medida se da para dotar del adecuado funcionamiento a las entidades del sector público durante el citado día.

Los fines de semana largos constituyen una forma de propiciar el turismo interno como instrumento dinamizador de las economías locales.

En todos estos casos, las horas no trabajadas serán compensadas en la semana posterior a la del día no laborable, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

Respecto a los centros de trabajo del sector privado, la disposición legal señala que estos podrán acogerse a esa disposición, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores.

Estos, agrega la norma, deberán establecer la forma cómo se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; y en caso no hubiera acuerdo, la decisión la tomará el empleador.

Sin  embargo, el Decreto Supremo precisa que los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante los días no laborables señalados.

ANDINA

Video recomendado

Tags

Más sobre Lima

Lo más leído

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA