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Maniobras para eludir el pago de alimentos constituyen delito de obstrucción a la justicia

La Comisionada de la Adjuntía de Derechos de la Mujer de la Defensoría en la secuencia Familia y Justicia
La Comisionada de la Adjuntía de Derechos de la Mujer de la Defensoría en la secuencia Familia y Justicia | Fuente: RPP

Existen normas que protegen de posibles maniobras del padre o de la madre para exonerarse de cumplir con la pensión de alimentos para sus hijos.

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En esta ocasión, la doctora Ericka Anchante, Comisionada de la Adjuntía Derechos de la Mujer de la Defensoría del Pueblo, resuelve preguntas de los oyentes de RPP en el consultorio legal sobre pensión de alimentos, en la secuencia Familia y Justicia.

Anchante recordó que en nuestro país existen normas que protegen de posibles maniobras que tanto el padre o la madre podrían intentar hacer para exonerarse de cumplir con la pensión de alimentos para sus hijos.

La funcionaria sostuvo que constituye violencia económica permitir que solo el hombre o la mujer asuma solo o sola los gastos de los hijos, porque la norma establece que son los dos padres los responsables.

Indicó que con el hecho de entorpecer o querer eludir esas responsabilidades o tratar de falsear la realidad se estaría incurriendo en el delito de obstrucción a la justicia, sancionado con pena privativa de la libertad.

Ericka Anchante opinó que enviar a la cárcel a los padres que se niegan a pagar la pensión de alimentos no va a resolver el problema sino lo que se debe hacer es buscar mecanismos u otras formas para que cumplan con la obligación ya establecida por un juez.

Recordó que también es derecho de los hijos tener contacto con el padre y que ambos padres ejerzan la patria potestad porque a los dos les asiste deberes, pero también derechos. “En caso la madre no deje que el padre vea a sus hijos hay un quebrantamiento y violencia psicológica contra ellos ya que ocasiona un perjuicio”, refirió.

En el programa Encendidos, durante la secuencia Familia y Justicia, señaló que en ausencia del obligado principal que sería el padre, podrían asumir también su obligación los abuelos porque la demanda de alimentos se puede hacer extensiva cuando no hay quien asuma la responsabilidad.

¡Este y otros temas de interés en la secuencia legal Familia y Justicia todos los martes y jueves en Encendidos con la conducción de Mauricio Fernandini!

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