El Concejo Metropolitano ha aprobado una nueva ordenanza que incorporará drásticas sanciones a quienes causen accidentes.
Los conductores de vehículos que ocasionen accidentes de tránsito, conduzcan en estado de ebriedad o agredan físicamente a un inspector municipal serán inhabilitados de manera definitiva para brindar el servicio de transporte público, según establece ordenanza aprobada por el Concejo Metropolitano de Lima.
Modificaciones. De acuerdo a las modificaciones planteadas por la Gerencia de Transporte Urbano (GTU) e incorporadas en la norma edil, se dispuso también la cancelación de la autorización para aquellas empresas que presten el servicio de transporte público de pasajeros estando suspendidas por causar un accidente de tránsito u otra infracción que motivó dicha medida.
Ordenanza. En la ordenanza, publicada en el diario El Peruano, se determinó, además, que las empresas suspendidas o los vehículos sancionados por accidentes ya no gozarán del beneficio del pronto pago y deberán cancelar el 100% de la multa impuesta.
Sanciones. La nueva ordenanza mantiene como sanción la suspensión de operación por 60 días y una multa equivalente a 4 UIT (S/. 15,800) a la empresa operadora que cause accidentes. En caso de reincidencia, la multa se elevará a 8 UIT (S/. 31,600) y la suspensión se extenderá a 120 días.
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