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Multarán con S/. 760 a pasajeros ebrios que causen desorden en buses

Andina
Andina

La medida es en el marco de las normas de conducta tanto para los operadores, como para los usuarios de los buses de los corredores complementarios.

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Los pasajeros que aborden los buses de los corredores complementarios en estado de ebriedad serán multados, solo si generan desorden al interior de la unidad, según lo establecen las normas de conducta tanto para los operadores, como para los usuarios de dicho servicio.

Humberto Valenzuela, jefe del proyecto de implementación de los corredores, argumentó que la medida busca proteger la integridad física y emocional de los usuarios.

“Si un usuario realiza desorden en el vehículo, habiendo ingerido bebidas alcohólicas, será obviamente sancionado. Pero el hecho de subir en estado de ebriedad o habiendo ingerido bebidas alcohólicas de ninguna manera será sancionado”, explicó.

La ordenanza 1769, que regula el sistema integrado de transporte público de Lima, también indica que “no se admite el ingreso al sistema de usuarios bajo efectos de alcohol, drogas  u otras substancias que alteren su comportamiento y puedan perturbar o causar perjuicio a los demás usuarios  y/o a los vehículos e infraestructura del SCC (sistema de corredores complementarios)”.

Valenzuela indicó que las faltas a dicha norma serán sancionadas a partir de julio, cuando -según los plazos municipales- empiece a preoperar el primer corredor correspondiente al eje de las avenidas Tacna, Garcilaso  de la Vega y Arequipa.

El funcionario de la Municipalidad de Lima precisó que la ordenanza califica el mal comportamiento de pasajeros ebrios como una falta grave y la multa equivale al 20 % de una UIT (Unidad Impositiva Tributaria), es decir, S/. 760, y la reincidencia eleva el monto al 40 %, S/. 1 520.

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