Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Informes RPP
La inflación dejó de ser una preocupación
EP 1235 • 04:07
Entrevistas ADN
El Tribunal Constitucional no declaró inocente al prófugo Vladimir Cerrón, precisó abogado
EP 1768 • 17:57
El poder en tus manos
EP138 | INFORMES | ¿Cómo avanza la participación política de las mujeres en América latina?
EP 138 • 03:42

¿Qué hacer si el padre o la madre no cumple con la pensión alimenticia?

El abogado civil Max Vargas explicó que se puede pedir el cumplimiento forzoso o coercitivo de la ejecución de acta de conciliación para que se cumpla con la pensión de alimentos.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El abogado civil Max Vargas, en la secuencia Familia y Justicia, sostuvo que para determinar una pensión de alimentos a nivel judicial se utiliza como factor o criterio la capacidad económica de quien va a brindar los alimentos, ya sea el padre o la madre, y las necesidades del hijo porque dependerá mucho del estilo de vida del hijo o si sufre de alguna enfermedad física o mental o tiene necesidades adicionales a las normales. 

Manifestó que en principio los padres deben ponerse de acuerdo ya que la ley establece que les corresponde a ambos padres la manutención de los hijos que puede ser a través de un acta de conciliación o de lo contrario recurrir a la vía judicial.  

El especialista agregó que una vez que se haya definido el monto de la pensión de alimentos, ya sea por un acta de conciliación o sentencia judicial, se puede pedir el cumplimiento forzoso o coercitivo por intermedio del mismo juez o a través de un proceso judicial de ejecución de acta de conciliación.  

En la secuencia Familia y Justicia, el doctor Max Vargas indicó que el juzgado puede requerirle a la empresa que efectúe la retención del abono de la pensión de alimentos del padre o la madre que irá directo a una cuenta abierta en el Banco de la Nación, pero se le descontará siempre que un juez lo disponga.

“Si el padre se mantiene en una situación de incumplimiento el juzgado puede remitir copia al Ministerio Público para que inicie una investigación y un proceso penal por el delito de omisión de asistencia familiar”, señaló el abogado Vargas.  

Recordó que no pasar alimentos está calificado como un delito y en la vía penal se determinará si es necesaria la reclusión de la persona en un penal o alguna otra medida.  

Anotó que los padres no deben olvidar, ya sea que convivan con los hijos o estén separados, la obligación de velar por el desarrollo y su alimentación y si el padre o la madre tiene mayor capacidad económica, lo lógico es que aporten más.

Tags

Lo último en Lima

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA