Procesado fue condenado a 16 años de prisión por la desaparición de estudiante Ernesto Castillo Páez, ocurrida en octubre de 1990.
El Segundo Juzgado Penal Nacional declaró improcedente el beneficio de semilibertad solicitado por el coronel de la Policía Nacional del Perú (PNP), Juan Carlos Mejía León, condenado por el delito contra la humanidad-desaparición forzada, en agravio del estudiante universitario Ernesto Rafael Castillo Páez.
La resolución emitida por el referido Juzgado sostiene que si bien el procesado ha cumplido con los requisitos de formalidad y temporalidad para solicitar dicho beneficio, éstos no son suficientes para el otorgamiento del mismo, ya que el punto más importante en el presente beneficio se encuentra enmarcado en la gravedad de los hechos por los que fue condenado, y porque hasta la actualidad no se ha ubicado el paradero del agraviado.
Asimismo, el sentenciado ha mostrado poco interés en el pago de la reparación civil, debido a que sólo abonó la suma de 2,600 nuevos soles de los 30,000 que debía pagar a favor de los familiares del agraviado.
Por ello, el Juzgado consideró pertinente que el pago íntegro de la reparación civil resulta importante, ya que con ello el interno demuestra su real arrepentimiento por el delito cometido y adquiere conciencia sobre su comportamiento antijurídico.
Como se recordará, en el año 2006, la Sala Penal Nacional condenó a Mejía León a 16 años de prisión, pena que vencerá el 19 de marzo del año 2022.
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