El proyecto incorpora esta penalidad en el artículo 183° del Código Penal creando el delito de publicación en los medios de comunicación social sobre exhibiciones obscenas y pornográficas.
La Comisión de Justicia del Congreso aprobó un proyecto de ley que propone sanción privativa de libertad de dos a seis años a los directores y editores de diversos medios de comunicación social que publiciten imágenes, mensajes o audios considerados obscenos o pornográficos.
La propuesta, cuya iniciativa corresponde al congresista Ricardo Belmont, incluye también en la sanción a los gerentes de dichas publicaciones o ediciones como diarios, revistas, afiches, paneles, volantes, radio y televisión o cualquier otro medio que produzca un efecto de comunicación similar.
El proyecto incorpora esta penalidad en el artículo 183° del Código Penal creando el delito de publicación en los medios de comunicación social sobre exhibiciones obscenas y pornográficas.
Se indica que actualmente sólo se sanciona al que muestra, vende o entrega este tipo de material a un menor de 18 años, mientras que el proyecto aprobado extiende el delito cuando se afecta a cualquier persona.
El congresista Juan Carlos Eguren (UN), pidió hacer una mayor precisión de lo que significa obsceno o pornográfico, mientras que su colega Aldo Estrada (UPP), respaldó la propuesta que busca acabar, dijo, "con el libertinaje en los medios de comunicación".
La congresista Karina Beteta (UPP), anotó que el proyecto protegerá al niño porque muchas de las publicaciones atentan contra la moral y las buenas costumbres.
Su colega Rosario Sasieta (AP), respaldó la propuesta de su bancada y el legislador Wílder Calderón (PAP) anotó que con esa ley el Perú se pondrá a la altura de otros países y coincidió en que se debería hacer precisiones sobre las faltas.
Por su parte, Belmont dijo que con esta norma "se iniciará el saneamiento de la prensa".
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