Si el padre se opone a la demanda debe realizarse la prueba de ADN, cuyo costo correrá íntegramente a cargo del demandado.
La abogada de familia Janet Biaggi, sostuvo que cuando el padre no quiere reconocer a su hijo lo que debe hacer la madre es presentar una demanda judicial contra el progenitor adjuntando la partida de nacimiento del niño.
En la secuencia Familia y Justicia de RPP, precisó que en este caso el Poder Judicial convocará a una audiencia y en la misma resolución correrá traslado al demandado y si éste se allana y reconoce en la contestación que es su hijo el juez declarará fundada la demanda. “En esa misma demanda la madre puede también solicitar la pensión de alimentos”, añadió la especialista.
La abogada Biaggi, manifestó que si el padre se opone a la demanda deberá realizarse la prueba de ADN y correr con todos los gastos del examen que incluye a él como supuesto padre, a la madre y al hijo cuyo costo es de aproximadamente 1110 soles.
En la secuencia Familia y Justicia, anotó que si la prueba sale positiva el juez hará una declaración judicial de paternidad y citará a una segunda audiencia para la fijación de la pensión de alimentos para el hijo.
“En caso los padres estén casados el reconocimiento es inmediato ya que se presupone que el niño es del esposo y en este caso no existe el tema del reconocimiento aparte, que solo se da cuando los padres no están casados”, explicó en RPP.
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