Si el padre no quiere reconocer a su hijo la madre está facultada para iniciar un proceso de filiación procesal que viene a ser el reconocimiento del niño y la paternidad que le corresponde.
La abogada especialista en familia Lorena Fernández, sostuvo que todos los niños tienen derecho a ser reconocidos por ambos progenitores, pero si el padre no quiere reconocer a su hijo, la madre está facultada para iniciar un proceso de filiación procesal que viene a ser el reconocimiento de este niño y la paternidad que le corresponde.
Explicó que para ello la madre debe iniciar una demanda ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito donde está viviendo.
¿Cuáles son los requisitos?
La especialista precisó que los requisitos para iniciar este trámite son: la partida de nacimiento del niño, independientemente de que haya consignado en la partida al padre, registrado con los apellidos de la madre, con apellido del padre o registrado al niño sin haber señalado quien es el padre.
Indicó que deberá adjuntar la partida de nacimiento, el DNI de la madre y los medios probatorios por ejemplo de una convivencia con el padre.
Manifestó que una vez que haya completado los requisitos para la demanda de filiación debe ingresar el documento en el Juzgado de Paz Letrado para que el juez revise la demanda, la califique y notifique al padre del niño dándole un plazo de 10 días hábiles para que pueda responder u oponerse a esta demanda.
La abogada Lorena Fernández, añadió que si el padre acepta la paternidad, el juez dará por terminado el juicio y se mandará las partes a Reniec para que se inscriba el nuevo apellido del menor.
Pero si, por el contrario, el padre contesta oponiéndose a la demanda y dice que tiene dudas de esa paternidad el juez le dará un plazo para que adjunte un contrato donde él deba costear los gastos de una prueba de ADN.
Además, agregó que en estos procesos hay que tener muy en cuenta el plazo de los 10 días para la respuesta, ya que si el padre contesta al día 11 o se opone al día 11 ya no será tomado en cuenta y el juez enviará las partes con la inscripción del nuevo apellido a Reniec sin haber escuchado los argumentos del supuesto padre.
Asimismo, enfatizó que es indispensable que en este proceso de filiación se puedan acumular otras pretensiones como pedir el reconocimiento del apellido y también solicitar en esta misma demanda una pensión de alimentos e incluso reclamar el reembolso de los gastos prenatales hasta que el menor tenga un año.
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