La detención preliminar se ha convertido en una de las medidas más utilizadas por la justicia peruana para evitar el riesgo de fuga de personas que son investigadas por graves hechos. ¿En qué circunstancias es aplicable esta medida? Los detalles en el siguiente informe.
El escándalo tras las irregularidades detectadas en los contratos suscritos por Ricardo Cisneros, más conocido como 'Richard Swing', en el Ministerio de Cultura, originó que sus principales protagonistas se encuentren con orden de detención preliminar por siete días.
La medida fue dictada por la jueza Sonia Bazalar Manrique a pedido de la Fiscal Anticorrupción Janny Sánchez, quien tiene a su cargo la investigación preliminar sobre este caso.
La detención preliminar es una medida excepcional y provisional que sirve para restringir o privar de su libertad a un investigado o denunciado, con el fín de asegurar su permanencia en los actos de investigación y para encontrar las pruebas que se consideren urgentes y necesarias.
El abogado constitucionalista Luciano López explicó que la aplicación de esta medida se produce cuando la investigación penal se encuentra en la etapa de diligencias preliminares.
“Si en la primera etapa el fiscal cuenta con indicios razonables para considerar que una persona ha cometido un delito con pena de cárcel mayor a cuatro años y que por las circunstancias del caso puede fugar u obstruir la averiguación de la verdad puede pedir al juez que ordene la detención preliminar de esta persona”. indicó
Otras de las características que tiene la detención preliminar es que se ejecuta de manera secreta a pedido de la fiscalía, precisó, por su parte , el abogado penalista Julio Cesar Espinoza.
“Mientras la detención preliminar se impone de manera secreta sin conocimiento ni del abogado ni del inculpado la prisión preventiva se impone luego de una audiencia ante un juez que además es una audiencia publica donde el inculpado y su abogado defensor tienen amplio espacio y tiempo para poder defenderse" sostuvo
La detención preliminar puede tener una duración de 72 horas cuando se trata de delitos comunes. En casos complejos, el plazo se puede extender hasta siete días. Para casos de delitos de crimen organizado el plazo máximo de esta medida es de diez días y para los delitos de terrorismo, espionaje o tráfico de drogas el plazo es de 15 días.
Al término de estos plazos corresponde al Ministerio Público establecer si el caso ingresa a la etapa de investigación preparatoria y si solicita al Poder Judicial una prisión preventiva que puede durar hasta 36 meses, indicó el abogado penalista Mario Amoretti.
“Terminada la investigación ya se pide la prisión preventiva si el fiscal considera que hay los elementos de convicción, es decir las pruebas necesarias que acrediten la comisión del delito y sobre todo de que no hay un peligro de fuga o la obstaculización en el esclarecimiento de los hechos".precisó.
La detención preliminar puede ser apelada por los abogados de los investigados para que sea revisada por una sala superior afín de que emita una decisión al respecto.
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