Adictos son considerados merecedores de recibir tratamientos médicos terapéuticos antes que un castigo, pena o reducción a un establecimiento carcelario.
La Corte Suprema de Justicia de Colombia emitió un fallo en el que dictamina que la tenencia y el consumo personal de drogas no es un delito, ratificando así la línea de despenalización fijada en este sentido por la Corte Constitucional en 1994.
El fallo, difundido por Caracol Radio, dice que el consumo de drogas "genera en la persona problemas de adicción y esclavitud que la convierten en un enfermo compulsivo merecedor de recibir tratamientos médicos terapéuticos antes que un castigo, pena o reducción a un establecimiento carcelario".
Los hechos que motivaron la sentencia responden a la detención de un hombre que portaba 1,3 gramos de cocaína, cuya liberación y absolución ordena así el alto tribunal.
En un fallo histórico, la Corte Constitucional de Colombia despenalizó en 1994 la tenencia y consumo de droga, que no puede exceder unos máximos fijados por la ley.
Sin embargo, el Gobierno que preside Álvaro Uribe impulsa actualmente una reforma a la Constitución para penalizar el consumo y tenencia personal de sustancias estupefacientes o psicotrópicas.
La Cámara de Representantes aprobó en junio pasado el proyecto de ley que recoge esa reforma, que está siendo estudiado ahora por una comisión del Senado.
"No le incumbe al derecho penal este tipo de casos, pues se trata de un comportamiento que corresponde al exclusivo ámbito" de la libertad individual, dice la Corte Suprema colombiana en el fallo.
Agrega que "en el ejercicio de sus personales e íntimos derechos el acusado no afectó los ajenos, no produjo daño ni peligro de menoscabo al bien jurídico de la salud publica".
Por ello, la Corte concluye que el comportamiento del acusado "no puede ser objeto de ninguna sanción".
Argentina se sumó a finales de agosto pasado a los países de América Latina que han despenalizado el consumo privado de drogas blandas, también con un histórico fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró la inconstitucionalidad del castigo penal a la tenencia de este tipo de sustancias.
En una decisión no exenta de polémica, la Corte Suprema argentina declaró "inconstitucional" el castigo penal del consumo de marihuana en adultos, condicionado al ámbito privado y sin peligros para terceros, aunque no ordenó la despenalización general del consumo de ésta ni de otras drogas.
-EFE
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