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El Salvador aprueba decreto para restringir los derechos de tránsito y reunión por el COVID-19

Hasta el momento, no hay ningún caso confirmado, según las autoridades.
Hasta el momento, no hay ningún caso confirmado, según las autoridades. | Fuente: AFP or licensors | Fotógrafo: MARVIN RECINOS

La medida fue aprobada por el Congreso de El Salvador a pedido del presidente Nayib Bukele. Además de las restricciones a sus ciudadanos ante el avance de la enfermedad, las autoridades también podrán impedir el ingreso de extranjeros por 30 días.

El Congreso de El Salvador aprobó la noche del sábado a pedido del Gobierno restricciones de garantías constitucionales referentes a la libre movilización y reunión como prevención ante la pandemia del COVID-19, pese a que no hay casos en el país.

"Apruébese la restricción temporal en el marco de la emergencia por la pandemia declarada por el virus COVID-19 de los derechos consagrados en la Constitución y que se refiere a la libertad de tránsito y al derecho a reunirse pacíficamente y al derecho a no ser obligado a cambiarse de domicilio", señaló el decreto, aprobado por 57 de los 84 diputados del Congreso unicameral a pedido del presidente Nayib Bukele.

De acuerdo con el decreto aprobado, las autoridades migratorias también podrán impedir por asuntos de salud el ingreso de extranjeros al territorio del país durante un lapso de 30 días, que es el periodo que durará la medida restrictiva de garantías constitucionales.

Con el decreto aprobado se deja sin efecto una disposición similar que adoptó el presidente Bukele el pasado 11 de marzo que ya impedía el ingreso de extranjeros.

Según lo dispuesto en el decreto, los salvadoreños no tendrán ninguna restricción de ingresar al país, pero sí tendrán que someterse obligatoriamente a las medidas sanitarias correspondientes establecidas para detectar un eventual contagio por COVID-19. Tampoco habrá restricciones para la salida del país.

Las autoridades sanitarias salvadoreñas también tendrán la autoridad de declarar prohibiciones para circular en zonas específicas declaradas como "de riesgo" ante una eventual aparición de algún caso de coronavirus.

La disposición aprobada también establece restricción al derecho de reunión. Salud Pública podrá autorizar reuniones de carácter religioso, cultural o económicas que "no pongan en riesgo" la salud de las personas.

AFP

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