La Corte Suprema de México avaló un artículo que castigará su distribución, producción y comercio con hasta 15 años de cárcel.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México avaló un artículo que considera la producción, comercio y distribución de pornografía como un delito que se castigará con entre 5 y 15 años de prisión.
Se trata de una parte de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas. Según esta, la pornografía es considerada como explotación y delito sexual.
Las excepciones son para material producido y distribuido para la divulgación científica, artística o técnica, la educación sexual o reproductiva. En esos casos, solo habrá sanción si un juez solicita un dictamen pericial para evaluar si el material en cuestión constituye o no el delito de explotación sexual.
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