En entrevista con RPP Noticias, el abogado laboralista Jorge Toyama lamentó que en el país no exista "mucha claridad" sobre la situación de los trabajadores que tienen algún síntoma compatible con la variante ómicron de la COVID-19.
El abogado laboralista Jorge Toyama lamentó que en el país no exista "mucha claridad" sobre la situación de los trabajadores que tienen algún síntoma compatible con la variante ómicron de la COVID-19. Al respecto, el especialista opinó que en esta coyuntura se requiere "confianza y buena fe" para comprender la situación de los trabajadores con síntomas.
"Frente a esta coyuntura las leyes no son suficientes: una cosa es tener positivo de COVID y otra es tener un descanso médico por COVID. En estricto para tener un descanso médico se requeriría que un médico lo expida y con eso el empleador recupera esos días de licencia del Seguro Social", indicó.
En entrevista con RPP Noticias, el profesor de Derecho de la Universidad del Pacífico explicó que si no existe ese certificado médico los trabajadores igual tienen derecho a una licencia con goce de haberes si cuentan con el examen positivo de COVID; no obstante, advirtió que el problema ocurre con los trabajadores con síntomas que no tienen un examen positivo.
El abogado insistió en que, en estos momentos, ante la falta de una normativa clara de parte del Ministerio de Trabajo, se necesita "mucha confianza" para entender la situación de los trabajadores con síntomas. Al respecto, planteó que, si una persona tiene síntomas de COVID, el empleador "debe confiar" y no exigirle una prueba para darle el descanso médico.
"Mientras el Estado no reaccione y no emita una norma para una declaración jurada que indique que toda persona con síntomas se presuma enferma (...) Situaciones excepcionales requieren normas excepcionales y quizás la declaración jurada de buena fe es lo que hoy se necesita para aquellas personas que desconfían de los trabajadores", anotó.
Minsa redujo a 10 días el descanso médico y aislamiento
El titular del Ministerio de Salud (Minsa), Hernando Cevallos, anunció la reducción de 14 a 10 días el descanso médico y el aislamiento para las personas contagiadas de la COVID-19.
En La Rotativa del Aire, el ministro detalló que la medida regirá a partir del 13 de enero, en Lima y Callao, donde la variante ómicron del coronavirus es la predominante, con más de un 80 % de los casos.
Cevallos indicó que en el resto del país aún se está evaluando aplicar la medida, ya que en esas zonas la presencia de la variante delta aún es "significativa".
"En Lima (y Callao) es muy clara la presencia muy elevada de ómicron. Acá sí podemos reducir el tiempo de aislamiento, siempre y cuando no haya algún tipo de complicación (en la salud del paciente)", manifestó.
El Minsa publicó la modificación del Documento Técnico sobre el Manejo ambulatorio de personas afectadas por la COVID-19 en el Perú en el que se resalta que para Lima y Callao, las personas consideradas como casos sospechosos, probables o confirmados que no requieran hospitalización tendrán aislamiento domiciliario por 10 días desde la toma de muestra de diagnóstico o el inicio de síntomas.
Para el caso de los contactos directos, el Documento Técnico explica que estos deben permanecer en cuarentena y en el caso de Lima y Callao el tiempo es de 10 días contando a partir del último día de exposición con el caso (sospechoso, probable o confirmado). Además, que en el caso de ser contacto estrecho, el tiempo puede acortarse a 7 días si hay una prueba molecular negativa tomada a partir del día 5.
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