La Contraloría de la República ha establecido que Dina Boluarte ejerció funciones de presidenta del Club Departamental Apurímac mientras era ministra de Desarrollo e Inclusión Social, MIDIS.
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La Contraloría de la República ha establecido que Dina Boluarte ejerció funciones de presidenta del Club Departamental Apurímac mientras era ministra de Desarrollo e Inclusión Social, MIDIS. Esa dualidad de funciones está explícitamente prohibida por la Constitución, por más que el Club Apurímac no sea una empresa ni le haya aportado a la señora Boluarte beneficios económicos.
El artículo 126 de la Constitución es claro: “Los ministros no pueden ser gestores de intereses propios o de terceros… ni intervenir en la gestión de empresas ni asociaciones privadas”. Es posible que Dina Boluarte no haya sido consciente de que estaba cometiendo un acto explícitamente prohibido por la constitución. Pero la ignorancia de una norma no exime a quien la infringe de la responsabilidad de sus actos. Sucede que la señora Boluarte es al mismo tiempo vicepresidenta de la República, es decir la persona encargada de reemplazar al presidente Castillo en caso de vacancia.
Lo que corresponde es que la Subcomisión de Acusaciones constitucionales evalúe si Dina Boluarte cometió una infracción de la constitución y en ese caso elevar un informe a la Comisión Permanente, que a su vez lo someterá al voto del Pleno. Algunos pueden decir que la falta es demasiado leve como para imponer consecuencias de trascendencia en la cúspide del Estado. Y, en efecto, resulta chocante que indicios de conductas mucho más graves no afecten, al menos por ahora, al presidente Castillo.
Pero la ley y la constitución no deben ser interpretadas en función de intereses políticos, porque en ese caso la justicia se convertiría en una simple expresión de mayorías parlamentarias. O la ley se aplica con la misma severidad en todos los casos, o se instala un régimen de arbitrariedad y de relaciones de fuerza. Los romanos lo formularon hace más de dos mil años con un aforismo contundente: Dura lex, sed lex. La ley es dura, pero es la ley.
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