La Sociedad Nacional de Radio y Televisión (SNRTV), Comex Perú y AFIN, expresaron su rechazo al Proyecto de Ley 2844, aprobado en primera votación en el Congreso, que obliga a las operadoras del servicio de TV cable incluir a canales de señal abierta, si estos lo solicitan.
La Sociedad Nacional de Radio y Televisión (SNRTV) consideró que "vulnera" a la Constitución Política el Proyecto de Ley 2844, aprobado en primera votación en el Congreso de la República, que obliga a las operadoras del servicio de TV cable incluir a canales de señal abierta, si estos lo solicitan.
A través de un comunicado, se refirió así a la iniciativa legislativa que propone incorporar los artículos 21-A y 21-B al texto único ordenado de la Ley de Telecomunicaciones. El proyecto alcanzó 72 votos a favor, 3 en contra y 22 abstenciones.
La SNRTV, precisó en el documento, tiene por objetivo promover el servicio de radiodifusión comercial y la producción televisiva y radial, impulsando su desarrollo bajo el marco constitucional de nuestro país, y los principios básicos de la radiodifusión privada, con especial atención en la defensa de los principios de la libertad de empresa y la leal competencia.
"En tanto que la propuesta normativa, que ha sido aprobada en primera votación, establece que 'los titulares de una autorización para la prestación de servicios de radiodifusión por televisión en una determinada localidad, tienen el derecho a su sola solicitud, de ser incluidos en las parrillas de los prestadores de servicios de distribución de radiodifusión por cable de dicha localidad', la SNRTV considera que esta propuesta vulnera los principios básicos de nuestra Constitución, ya que impide que los agentes privados puedan organizar sus iniciativas empresariales en plena libertad, sin intervención del Estado", señaló.
La SNRTV expresó que cree firmemente en el respeto de los derechos constitucionales para el desarrollo de los servicios de la radiodifusión comercial, y la producción televisiva y radial en el Perú, mientras impulsa espacios de diálogo que coadyuven en la mejora de la calidad de los medios de comunicación.
"En este sentido, exhortamos al Congreso de la República a no apoyar este tipo de iniciativas que contribuyen al retroceso, en materia de estabilidad jurídica, atentando contra el Estado de Derecho de nuestro país", afirmó.
"Acción innecesaria"
La Sociedad de Comercio Exterior del Perú (Comex Perú), expresó que el proyecto de Ley 2844, promovido por el presidente del Congreso, Alejandro Soto, vulnera los principios de la libertad de empresa, y "encubre un control de contenidos y autoritarismo".
"Nadie puede obligar a una empresa privada a transmitir determinados canales y/o programas", indicó el gremio y señaló que esta iniciativa es técnicamente "inviable" y, además, perjudicial para los consumidores peruanos.
Comex Perú detalló que con este proyecto cualquier empresa de radiodifusión local, en cualquier región del país, podría exigir que se incorpore su programación a la señal de una operadora paga. Esto "atentaría contra los intereses de los consumidores suscritos a esas empresas", que optan por otros contenidos, los cuales "podrían verse en riesgo".
Además, advirtió que con esta medida los peruanos terminarían pagando por señales que, de por sí, ya son gratuitas y a las cuales tienen libre acceso.
“En la actualidad, los peruanos pueden ver una señal de TV abierta mediante los sistemas de sintonización de canales que permiten los televisores modernos. Por ese motivo, obligar a los operadores de TV paga a incluirlos en su parrilla es una acción innecesaria”, refirió Jaime Dupuy, gerente de asuntos legales y regulatorios de Comex Perú.
Comex Perú sostuvo que el proyecto de Ley 2844 nunca fue evaluado por la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso, por lo que no ha sido sometido a discusión técnica para evaluar sus consecuencias. Ello a pesar de haber llegado opiniones contrarias de entidades como OSIPTEL, INDECOPI y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, entre otras.
"Totalmente perjudicial"
Asimismo, la Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional (AFIN), pidió al Congreso de la República desestimar el proyecto de Ley 2844 al considerarlo "totalmente perjudicial" para el desarrollo del servicio de TV cable al imponer costos innecesarios e ineficientes a la operación del servicio.
"No es posible encontrar ni en el Proyecto de Ley ni en su Exposición de Motivos una evaluación respecto de si los beneficios esperados en el bienestar de los consumidores superan los costos generados por la obligación de incorporar los canales de señal abierta en la parrilla de canales de los operadores de TV Paga. Ello sobre todo en un contexto donde no existe imposibilidad para que el consumidor pueda visualizar dichos canales de señal abierta previa desconexión temporal del servicio de TV Paga e incorporación de una antena, por lo cual, no se justificaría la intervención regulatoria que propone el Proyecto de Ley". señala AFIN.
Advirtió que se debe tomar en cuenta que, las operadoras del servicio de televisión por cable definen comercialmente los canales que formarán parte de su parrilla de programación, y son finalmente los abonados quienes deciden al operador de su interés en función del contenido ofrecido y la calidad del servicio.
"En este contexto, las operadoras realizan sus mayores esfuerzos para ofrecer los mejores canales de televisión y/o contenidos audiovisuales de forma tal que pueda ofrecer a sus suscriptores una parrilla de programación variada y de la mejor calidad. Sin embargo, al ser la parrilla de programación de la televisión por cable un recurso limitado, solo permite que se alojen en ella un determinado número de canales. Por ello, las operadoras tienen el reto de combinar su estrategia comercial con la limitación de orden técnico", manifestó.
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