De acuerdo al Ministerio Público, la cifra de detenidos durante el año 2011 llegó a 2.781 y de enero a mayo de 2012, alcanzó las 933.
Más de 3.700 padres de familia fueron detenidos en el ámbito nacional entre enero de 2011 y mayo de este año por el delito de omisión a la asistencia familiar, es decir por negarse a pagar una pensión alimenticia a favor de sus hijos, según datos del Ministerio Público (MP).
De acuerdo con el reporte del Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de la Libertad Efectiva (Renadespple) del MP, la cifra de detenidos por ese delito durante el año 2011 llegó a 2.781 personas; y de enero a mayo de 2012, alcanzó las 933.
Los distritos judiciales con mayor número de detenidos en ese dicho periodo son Lima (1.425), Junín (881), La Libertad (295), Cajamarca (232), Loreto (197), San Martín (142), Lima Norte (137), Cañete (35), Arequipa (35), Callao (27), entre otros.
Virginia Alcalde, presidenta del Renadespple, dijo que mayormente los deudores fueron detenidos en la comisaría de su jurisdicción, en el calabozo del Poder Judicial y, en algunos casos, llevados a un centro penitenciario, pero obtuvieron su libertad tras cumplir con el pago de alimentos.
La detención de estas personas se hizo efectiva por un periodo determinado y por mandato judicial porque incumplieron el pago de alimentos para sus hijos, aspecto que no solo abarca la alimentación, sino también habitación, vestido, educación y asistencia médica, explicó la funcionaria.
En diálogo con la agencia Andina, la especialista remarcó que solo en el primer trimestre de este año, 80 detenidos fueron derivados a distintos establecimientos penitenciarios del país, de los cuales 64 aún son procesados y 16 ya recibieron sentencia.
“Normalmente el periodo de detención equivale a una tercera parte de lo que les tocaría como sentencia, lo que no es poco, porque estamos hablando de más de un año. Pero luego ellos piden su libertad, una vez que han pagado los alimentos”, manifestó Alcalde.
Mencionó que para llegar a juicio en la vía penal por omisión a la asistencia familiar tiene que haberse agotado el proceso de alimentos en el fuero civil y que, incluso, si el deudor alimenticio posee bienes, estos son embargables para hacer que cumpla con su obligación.
“Siempre detrás de un juicio de alimentos hay una falta de voluntad de los padres de de cumplir con esa obligación. El hecho de no querer pagar la pensión de alimentos ya constituye dolo”, apuntó la titular del Renadespple.
ANDINA
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