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Promulgan ley que asegura cobertura de enfermedades preexistentes

Foto: Andina (Referencial)
Foto: Andina (Referencial)

Así lo dispone ley promulgada por el presidente Alan García, que precisa que EPS están obligadas a cubrir tratamientos de la llamada "capa compleja" para trabajadores y sus dependientes.

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El presidente Alan García, promulgó hoy una ley que permitirá que los asegurados en las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) puedan seguir siendo atendidos por enfermedades preexistentes a su afiliación en los planes de salud de dolencias complejas.

La norma asegura la cobertura de enfermedades preexistentes aún cuando el afiliado cambie de trabajo o de entidad prestadora de salud, informó la agencia estatal de noticias Andina.

Las EPS no tenían, hasta ayer, la obligación de cubrir los tratamientos de la llamada "capa compleja" para enfermedades diagnosticadas antes de la afiliación del asegurado y sus dependientes.

En ese caso, los asegurados eran derivados para su atención médica a los hospitales del seguro público de salud (Essalud), que suele estar abarrotado de pacientes que no tienen acceso a su seguro privado.

El Poder Ejecutivo propuso al Congreso que se incluya en el plan de salud de las EPS, y el contrato respectivo, una cláusula de garantía que permita la continuidad de cobertura de diagnósticos preexistentes.

Para hacer efectiva la continuidad de esta cobertura, el trabajador debe inscribirse en el nuevo plan de salud dentro de los 90 días posteriores al inicio de su nueva relación laboral, bajo responsabilidad de la EPS, señaló la ley que será publicada mañana en el cuadernillo de normas legales.

EFE

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