Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
RPP Data
Hoja de ruta: ¿Cómo resolver los desafíos de nuestro sistema educativo?
EP 242 • 03:09
Reflexiones del evangelio
Miércoles 4 de diciembre | "Jesús llamó a sus discípulos y les dijo: Me da lástima la gente, porque llevan ya tres días conmigo y no tienen qué comer"
EP 836 • 12:15
Entrevistas ADN
Presidente del Poder Judicial: toda persona con problemas judiciales debe ponerse a derecho
EP 1759 • 17:28

¿Qué pasa si un Estado no cumple un fallo de La Haya?

Foto: AFP
Foto: AFP

El artículo 94 de la Carta de la ONU dispone que ´cada miembro se compromete a cumplir la decisión de la Corte. Un fallo es obligatorio para los Estados interesados y no se puede apelar´.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El lunes 27 de enero, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya dio lectura a la sentencia que pone fin al diferendo marítimo entre Perú y Chile.

A la fecha, todas las sentencias de La Haya se han cumplido. Pero, ¿qué ocurriría si no se da cumplimiento?

En su página oficial, el Tribunal recuerda que un fallo que emita es de cumplimiento obligatorio para los Estados interesados. Este principio es aplicable a todos los fallos, ya sea lo que dicte la Corte en pleno o una sala.

La CIJ añade que el artículo 94 de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas dispone que "cada miembro de las Naciones Unidas se compromete a cumplir la decisión de la Corte en todo litigio en que sea parte".

¿Y qué ocurriría si no se da cumplimiento a una orden de la Corte?

Cualquier Estado, sea miembro o no de Naciones Unidas, que considere que la otra parte ha dejado de cumplir puede presentar el asunto ante el Consejo de Seguridad, órgano que puede hacer recomendaciones o decidir medidas para el cumplimiento del fallo.

La CIJ recuerda que un fallo no se puede apelar.

Todos son definitivos y no son susceptibles de apelación. Si alguna de las partes rechaza su significado o alcance, la única posibilidad que tiene es hacer una solicitud de interpretación o revisión. En este último caso, tiene que haber surgido algún asunto del que no hubieran tenido conocimiento la Corte y la parte que lo solicite y que además hubiera constituido un factor decisivo en la dictación del fallo.


Tags

Lo último en Actualidad

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA