Tras los reclamos por la difusión de datos personales de ciudadanos en la Lista del Padrón Electoral Inicial por parte del Reniec, el organismo electoral se pronunció y detalló que ha cumplido con lo indicado en la Ley Orgánica de Elecciones y que desde el 2017 se publican estos datos, de la misma manera, en la página web de la entidad.
El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) se pronunció ante los reclamos de diversos usuarios tras la difusión de sus datos personales consignados en la Lista del Padrón Electoral Inicial, publicado por esta entidad para las Elecciones Generales 2026.
En esta plataforma aparecen los datos personales de ciudadanos como nombres completos, dirección y número de DNI. La persona que ingrese a la plataforma para revisar si sus datos están consignados correctamente en el Padrón Electoral Inicial, también puede visualizar los datos personales de quienes viven en el mismo distrito y cuyo apellido es similar.
Ante ello, el Reniec indicó que la publicación de la Lista del Padrón Inicial, vigente durante cinco días, "es un proceso legal, obligatorio y transparente, de carácter público, establecido en la Ley N.° 26859 – Ley Orgánica de Elecciones, que en sus artículos 198 y 203 dispone, entre otros, la publicación de: nombres, apellidos, número de DNI, fotografía y domicilio de los votantes de su distrito".
Mediante un comunicado, el organismo electoral precisó que "en todo proceso electoral se ha cumplido con la publicación, bajo los mismos parámetros de información; y, desde el 2017, conforme a Ley, en la página web institucional, manteniendo el mismo objetivo: garantizar que los ciudadanos verifiquen y presenten tachas u observaciones, por ejemplo, cuando una persona figura en un domicilio donde no vive, evitando así el golondrinaje y la declaración indebida de un domicilio que no corresponde".
Además, la entidad agregó que esta publicación es una "medida de control ciudadano vigente en la Ley Orgánica de Elecciones desde 1997, como parte de la participación democrática, que asegura la transparencia de los procesos electorales". También señalaron que "su incumplimiento alteraría la integridad de las elecciones".
De esta manera, el Reniec precisó que "cada acceso a la plataforma es individual, queda registrado, identificando a las personas que han accedido a la consulta. También contiene un tramado de seguridad y evita la descarga de los datos".
Defensoría del Pueblo exhortó al Reniec a implementar mecanismos de protección
Por su parte, la Defensoría del Pueblo expresó su preocupación por la habilitación de esta plataforma virtual de consulta pública del Padrón Electoral Inicial. Mediante un pronunciamiento detallaron que existe una incongruencia entre lo que indica la Ley Orgánica de Elecciones en su artículo 203° y lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales.
"El segundo párrafo del artículo 203° de la referida Ley, modificado a partir de la Ley Nº 32264, publicada el 20 marzo 2025, dispuso que el padrón también contendrá los datos del domicilio, así como la información de la impresión dactilar, lo cual indefectiblemente resulta contrario a la protección de lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales, máxime si nos encontramos en un contexto de emergencia y de alta inseguridad", indicó esta institución.
La Defensoría informó también que "en su oportunidad, a solicitud del propio Reniec, la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, frente a la información contenida en el padrón electoral, determinó que si bien este es público, existe restricción sobre la información del domicilio y la huella dactilar".
En ese sentido, exhortaron al Reniec a implementar mecanismos de protección necesarios para limitar la visualización de los domicilios de los ciudadanos sin restricción alguna, en resguardo al derecho fundamental a la protección de datos personales, reconocido en el artículo 2, inciso 6 de la Constitución Política del Perú.
Finalmente, también exhortaron al Jurado Nacional de Elecciones, como ente rector del sistema electoral, que cumpla con "su rol de fiscalización sobre los ciudadanos votantes y los otros órganos que conforman el sistema, a fin de llevar adelante un proceso electoral debidamente contextualizado, donde se evite la divulgación de información altamente sensible que expone a la ciudadanía en general a diversos actos delictivos".