Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Espacio Vital
Científicos graban por primera vez a un orangután curándose una herida con una planta medicinal
EP 368 • 06:30
El comentario económico del día
Inflación interanual en Lima retrocede en abril y llega al rango meta
EP 292 • 05:18
Entrevistas ADN
OSIPTEL informa que han detectado 600 mil celulares clonados
EP 1689 • 10:23

Trabajadoras gozarán de 90 días naturales de descanso por maternidad

Período de descanso será distribuido en dos períodos: 45 días en la etapa prenatal y 45 en la post natal. En caso de nacimiento múltiple, se extenderá por 30 días adicionales.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo publicó hoy el Decreto Supremo que reglamenta la Ley Nº 26644 referida al goce del derecho de descanso pre natal y post natal de la trabajadora gestante para su aplicación en los sectores público y privado.

La norma señala que la trabajadora gestante tiene derecho a gozar de 90 días naturales de descanso por maternidad que serán distribuidos en dos períodos de 45 días en la etapa pre natal y post natal.

Se precisa también que en los casos de nacimiento múltiple se establece que el descanso post natal se extenderá por 30 días naturales adicionales.

En caso de aplazamiento del descanso pre natal, se podrá optar por diferir en todo o en parte el goce del beneficio en cuyo caso el número de días diferidos se acumulará al período post natal.

Para el goce del descanso pre natal la trabajadora gestante deberá presentar al empleador el correspondiente Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo por maternidad, expedido por EsSalud, o en su defecto un Certificado Médico en el que conste la fecha probable del parto.

También se indica que la madre trabajadora tiene el derecho de retornar al mismo puesto de trabajo, al término de su descanso por maternidad.

El presente Decreto Supremo lleva la firma del jefe de Estado, Alan García, de la presidenta del Consejo de Ministros, Rosario Fernández, y de la titular de Trabajo y Promoción del Empleo, Manuel García.

Tags

Lo último en Actualidad

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA