Jader Rizqallah, apeló dos instancias judiciales antes de ser beneficiado con un fallo del juez César Hinostroza en el 2017. Fiscalía lo investigaba para determinar de dónde provenían los más de S/ 5 millones que invirtió en el club de fútbol.
El juez supremo César Hinostroza, involucrado en los audios que revelan presuntos actos de corrupción en el Poder Judicial, es recordado en Arequipa por librar a Jader Rizqallah, empresario que financió el reflotamiento del FBC Melgar, del proceso de lavado de activos que se seguía en su contra.
El caso de Rizqallah fue visto por el juez Hinostroza en el 2017, cuando ya presidia la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema. La defensa del empresario acudió a esa instancia a través de un recursos de casación.
La investigación de lavado de activos se inició hace tres años. La Fiscalía investigó el origen del dinero con el cual Rizqallah pagó gran parte de la deuda que tenía el FBC Melgar con la SUNAT. Según las indagaciones, el empresario invirtió 5 millones 250 mil soles en el equipo de fútbol.
En el 2016, la fiscal Carol Cuba solicitó la ampliación del plazo de investigación.
Rizqallah apeló a la figura legal de la excepción de improcedencia de acción, que indica que la fiscalía no podía seguir investigándolo mientras no demuestre que el dinero provenía de fuentes ilegales.
El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria y la Sala Penal de Apelaciones no le dieron la razón y otorgaron más tiempo de investigación a la Fiscalía.
Cuando se continuaba con las diligencias, Rizqallah, en agosto del 2017,decidió acudir a la Corte Suprema para poner punto final al proceso que se le seguía.
El caso llegó a manos del juez Hinostroza y se emitió la Casación N° 092 que provocó diferentes cuestionamientos porque podía sentar precedente para que otros casos por lavado de activos queden archivados.
La resolución de Hinostroza no se basó en el fondo, sino en la forma. Dijo que el lavado de activos tiene como delitos fuente la minería ilegal, el tráfico ilícito de drogas, terrorismo, secuestro, proxenetismo, trata de personas, tráfico de migrantes, extorsión, robo, delitos aduaneros y delitos contra la administración pública.
Y como en el caso de Rizqallah tenía como delito fuente el fraude en la administración de personas jurídicas, no ameritaba la investigación y se procedió a archivar el caso.
La sala suprema presididica por Hinostroza Piriachi no dio más tiempo a la fiscal Cuba para determinar si Rizqallah incurrió o no en el delito de lavado de activos.
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