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Padres no están obligados a la entrega de útiles completos en los colegios

 La Ley 26549  prohíbe que las instituciones educativas privadas direccionen las compras a un proveedor específico así como el tipo de útiles que deben comprar.
La Ley 26549 prohíbe que las instituciones educativas privadas direccionen las compras a un proveedor específico así como el tipo de útiles que deben comprar. | Fuente: RPP | Fotógrafo: Referencial/Lizzet Paz

Indecopi recordó a los padres de familia que tampoco están obligados a comprar el uniforme a un determinado proveedor del centro educativo.

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Indecopi advirtió a los padres de familia que los colegios privados no pueden exigir la entrega de la lista completa de útiles en el inicio del año escolar previsto para el 12 de marzo a nivel nacional.

Otra aclaración es que tampoco deben direccionar la compra de estos y de los uniformes a un determinado proveedor o a una marca específica, según lo establecido en la Ley N° 26549 o Ley de Centros Educativos Privados.

Además ningún colegio particular puede condicionar la matrícula de los estudiantes a la compra de útiles, uniformes o pagos por concepto de Apafa, cuotas extraordinarias o adelanto de pensiones.

A través de la campaña “Al Colegio con Indecopi 2018” que se realizó este martes en Huancayo recordó que solo hay tres motivos que son obligatorios de pago en colegios privados:

  1. La cuota de ingreso por única vez, cuando el alumno ingrese al centro educativo.
  2. La matrícula es el pago anual que no debe ser mayor a la pensión.
  3. La pensión mensual que no puede ser cobrada de forma adelantada.

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