En Ampliación de Noticias, Rubén Carrasco, director ejecutivo de Cultivida, indicó que es necesario que exista una planificación a mediano y corto plazo para afrontar la crisis hídrica que vive Piura.
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Declaratoria de emergencia en Piura por escasez de agua
Rubén Carrasco, director ejecutivo de Cultivida, analizó la crisis hídrica que enfrenta Piura tras la declaración de emergencia en 34 distritos. Asimismo, señaló algunas estrategias necesarias que podrían mitigar los efectos de la escasez de agua que sufre la región norteña.
En Ampliación de Noticias, el ingeniero indicó que es necesario que exista una planificación a mediano y corto plazo para afrontar la crisis hídrica que vive Piura. Además, sostuvo que es necesario realizar trabajos técnicos en la represa de Poechos.
“Apelamos a que exista una planificación a mediano y corto plazo para que en estos cambios de gobierno y autoridades no se corte. Por ejemplo, si hubiéramos tenido conociendo técnicamente la represa de Poechos, y las sedimentaciones, en las épocas de los fenómenos del Niño, se hubiese trabajado oportuno en ese momento”, dijo a RPP.
Rubén Carrasco también indicó que la crisis hídrica que se vive actualmente es por una falta de planificación y políticas de Estado. Asimismo, indicó que es complicado hacer una descolmatación en la zona.
“Esta escasez de agua se hablaba ya hace años atrás. Lamentablemente lo que estamos viviendo hoy es una falta de planificación y políticas de Estado respecto al reservorio de Poechos, la represa de mayor abastecimiento de agua en todo el país”, apuntó.
Declaratoria de emergencia por escasez de agua
El Poder Ejecutivo declaró el estado de emergencia en 34 distritos, de siete provincias, de la región Piura, por peligro inminente ante déficit hídrico, por un plazo de 60 días calendario. Sin embargo, Castilla fue excluido de esta medida.
El estado de emergencia, refiere la norme, permitirá la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.
Las acciones “deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes”, se lee en el Decreto Supremo.
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