El procurador anticorrupción consideró que si bien el Poder Judicial pudo haber admitido dicho pedido para abrir un debate, advirtió que ´esto no conduce a nada´.
El pedido de arresto domiciliario para el expresidente Alberto Fujimorino procede porque carece de base jurídica ya que esa figura no se puede aplicar a aquellos condenados a prisión efectiva por la justicia, opinó el procurador anticorrupción Julio Arbizu.
Según explicó, la detención domiciliaria constituye una medida preventiva preliminar cuando se abre un proceso judicial contra un acusado, pero no procede si existe una condena a prisión efectiva, por lo que acá no hay lugar a "interpretación".
"Luego de una sentencia viene el periodo de ejecución de pena, puede haber beneficios penitenciarios, semilibertad o libertad condicional, pero no hay posibilidad de un arresto domiciliario", afirmó en entrevista con RPP Noticias.
Consideró que si bien el Poder Judicial pudo haber admitido dicho pedido para abrir un debate, advirtió que "esto no conduce a nada".
Recordó, además, que la defensa del exmandatario argumentó su solicitud en base a una ley, pero esta se refería a la del grillete electrónico, la cual no está reglamentada y solo contempla a condenas menores de seis años.
El Juzgado Supremo de Instrucción a cargo de Baltazar Morales programó para este 25 de octubre la audiencia en la que evaluará el pedido de Fujimori para que se le varíe la pena privativa de libertad efectiva por la de arresto domiciliario.
La diligencia será a las 15:00 horas en la sala de audiencias del establecimiento penal de Barbadillo, sede de la Diroes de la Policía Nacional, distrito de Ate, donde el exmandatario cumple una condena de 25 años.
Arbizu refirió no tener dudas de que el exmandatario es una persona enferma, que luce desmejorada, pero preocupa que ello pueda ser usado por su defensa para hacer una "plataforma política" que debe evitarse.
Consultado sobre el caso "diarios chicha", cuyo juicio oral se inició la semana pasada, mencionó que hay otras personas condenadas por lo que se acusa hoy a Fujimori (el desvío de 122 millones de soles).
"Además hay una sentencia condenatoria contra Fujimori por ordenar el desvío de fondos para comprar la línea editorial de canales de televisión. Acá hay sostén para afirmar que no hay escapatoria", añadió.
De otro lado, Arbizu consideró que no se sostiene la denuncia que el Partido Aprista ha entablado contra el presidente de la Megacomisión, el legislador Sergio Tejada, por presunta obstrucción de la justicia, patrocinio ilegal, encubrimiento y asociación ilícita para delinquir.
Asimismo, dijo que el que el exreo por narcotráfico Butron Dos Santos se haya retractado luego de haber anteriormente implicado a exfuncionarios del segundo gobierno aprista, y ahora acuse a Tejada, no perjudica las investigaciones en curso.
"Hay documentos que sirvieron para corroborar su versión primigenia y hay otros acogidos a la colaboración eficaz", sentenció.
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