´Es remarcable que en los alegatos escritos del Perú no dicen nada respecto de esa acta´, señaló el jurista Jan Paulsson durante su alocución ante la Corte de La Haya.
El abogado francés Jan Paulsson, miembro del equipo jurídico chileno, expuso hoy ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, en el marco del diferendo marítimo con Perú.
Durante su alocución, el letrado reiteró la teoría chilena de que la frontera marítima se fijó durante la Declaración de Santiago de 1952. "El acuerdo contiene los elementos necesarios para la cabal resolución de esta causa", opinó.
Sin embargo, Paulsson fue más allá y alegó que los documentos firmados entre 1968 y 1969 (suscritos para la orientación de los pescadores que realizaban faenas en la cercanía de la costa) confirmaron el limite marítimo entre ambas naciones.
"Tanto Chile como el Perú consideraron que existía la necesidad de unas medidas para poner fin a las transgresiones. A principios de 1968 se llegó a un acuerdo, en sentido de enviar delegaciones oficiales a la zona fronteriza con el fin de hallar soluciones conjuntas", relató.
"Estas delegaciones realizaron trabajos y el documentos final fue un documento fechado el 22 de agosto de 1969. Este documento son las actas de la Comisión Mixta Chile-Perú, a cargo de la verificación del emplazamiento del Hito 1 y de señalar el límite marítimo", continuó.
"Esta comisión había señalado el límite marítimo, no un posible límite, no un límite propuesto ni un límite para fines especiales. No había reserva alguna, sencillamente la tarea de velar por los efectos prácticos de una frontera", sentenció.
En tal sentido, Paulsson consideró "remarcable" que, en sus alegatos escritos, Perú no diga nada respecto a esta acta. "Incluso esta semana el Perú solo dedicó unos minutos al acuerdo de 1968-69 y lo único que pudo aducir fue que términos tales como la "frontera marítima" y el "límite marítimo" se utilizaban de forma indiferente y que no querían decir mucho", apuntó.
"El episodio de 1968-69 me parece una fuente considerable de problemas para Perú. Perú actúa como un estudiante a quien no le gusta las preguntas de examen que le han asignado y, en vez de responder, empieza a dar de memoria respuesta a otras preguntas", refirió el francés.
"Perú protesta que la Comisión Mixta no participó en la elaboración de una frontera permanente. ¿Pero quién dijo esto? Los delegados habían sido encomendados con una tarea explícita: materializar el paralelo de la frontera marítima que se origina en el Hito 1. En otras palabras dar efecto físico a este paralelo de la frontera marítima que se origina en el Hito 1", añadió.
Paulsson consideró que este episodio, en el que -según él- se confirma la frontera marítima, conlleva un significado legal e, incluso, alega que Ecuador y Colombia confirmaron sus límites marítimos de manera similar.
Sobre el final de su exposición, Paulsson señaló que la Corte de La Haya no tiene jurisdicción para fijar fronteras terrestres entre países, alegando que Perú pretende que se modifique los alcances del Hito 1.
"Es problemático que Perú invite a la Corte a que determine el inicio de la frontera terrestre, ya que esta Corte no tiene jurisdicción alguna para determinar la frontera terrestre, que quedó delimitada por ambos estados en el Tratado de 1929", acotó.
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