´Este tipo de expresiones no pueden ser calificadas como actos de difamación criminal´, dijo el organismo por denuncia contra alcaldesa de Lima presentada por Jorge Mufarech.
La CIDH expresó hoy su preocupación por la convocatoria a lectura de sentencia, este miércoles, de una denuncia de difamación presentada contra la alcaldesa electa de Lima, Susana Villarán, por el ex congresista Jorge Mufarech.
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dijo en un comunicado que le preocupa la aplicación del delito de difamación en Perú a personas que, como en el caso de Villarán, "se han limitado a hacer denuncias o a manifestar opiniones críticas respecto de quienes ocupan o han ocupado cargos públicos".
La presentación de denuncias o expresión de críticas contra funcionarios públicos o quienes han tenido cargos públicos están protegidas por el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, explicó el organismo.
"Este tipo de expresiones no pueden, bajo ninguna circunstancia, ser calificadas como actos de difamación criminal por el solo hecho de que la persona cuestionada se sienta ofendida", agregó el comunicado.
En 2009, Villarán publicó en su blog de internet un artículo de opinión en el que recordaba la denuncia que ella y otras personas presentaron en 2004 contra Mufarech por presuntos delitos de corrupción cometidos en su calidad de ministro de Trabajo del entonces presidente Alberto Fujimori.
El 10 de agosto de 2009, Mufarech denunció a Villarán por presunta difamación -agravada con la publicación de su artículo- al presuntamente vincularlo con los delitos de contrabando, encubrimiento personal y omisión de denuncia.
En octubre de 2006, una juez ya se había pronunciado sobre la denuncia de corrupción al descartar el caso pero el 8 de septiembre de 2009, abrió un proceso penal contra Villarán por presunta difamación.
Pero la Relatoría consideró hoy que los funcionarios públicos o quienes han ejercido cargos públicos "tienen el deber de soportar un mayor nivel de crítica y de cuestionamiento, justamente porque voluntariamente asumieron la administración de importantes responsabilidades públicas".
"La aplicación del derecho penal para silenciar las críticas, o las denuncias, constituye una seria afectación del derecho a la libertad de expresión no solo de la persona procesada, sino de la sociedad en su conjunto", manifestó.
En ese sentido, la Relatoría instó a las autoridades judiciales competentes de Perú a que tomen en cuenta las normas internacionales vigentes en materia de libertad de expresión, en la resolución del caso de Villarán, así como en los restantes procesos de injurias calumniosas por la emisión de denuncias o críticas contra funcionarios públicos o personas de relevancia pública.
Villarán tiene previsto asumir sus funciones en enero próximo pero deberá acudir al Juzgago Penal 36 de Lima a escuchar su sentencia.
EFE
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