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Corte Suprema propone crear Comisión de Alto Nivel Anticorrupción

Se trata de un proyecto de ley remitido al presidente del Congreso, Daniel Abugattás, en el que detalla sus funciones y los 14 representantes que la integrarán, entre organismos estatales y sector privado.

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El presidente de la Corte Suprema, Cesar San Martín, remitió al titular del Congreso de la República, Daniel Abugattás, un proyecto de ley para la creación de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción.

La iniciativa del Poder Judicial (PJ) ingresó al área de trámite documentario del Parlamento el 31 de agosto pasado, según copia llegada a la mesa de trabajo de RPP Noticias.

El proyecto que consta de seis artículos y de cuatro disposiciones finales y complementarias, señala en su primer título, que esta Comisión de  Alto Nivel Anticorrupción se crea con la finalidad de articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer políticas de mediano  y largo plazo, dirigidas a prevenir y combatir la corrupción en el país.

Refiere que estará integrada por 14 representantes de organismos estatales y del sector privado. Se menciona a los presidentes del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional y del Consejo Nacional de la Magistratura.

Se incluye también, al fiscal de la Nación, al contralor general de la República, al presidente del Consejo de Ministros, presidente de la Asamblea de gobiernos Regionales y al presidente de la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE).

En la lista se suma también a la alcaldesa de Lima, al secretario técnico  del Foro del Acuerdo Nacional, al titular de Confiep, al director ejecutivo del Consejo Nacional para la Ética Pública (Proética).

Finalmente, incluye al coordinador general de la Comisión de Alto Nivel, quien a su vez se desempeñará como secretario ejecutivo, y que será elegido “teniendo en cuenta su calidad profesional e idoneidad moral para ejercer el cargo”.  

El documento además señala que la Defensoría  del Pueblo actuará en calidad de institución observadora, “pudiendo su titular participar en las sesiones de la Comisión con voz, pero sin voto”.

El artículo tercero del proyecto refiere que entre las funciones de La Comisión de Alto Nivel Anticorrupción se encuentran las de proponer políticas de mediano y largo plazo para la prevención y lucha contra la corrupción, aprobar y velar por el cumplimiento del Plan Nacional de Lucha Anticorrupción.

Así también, proponer mecanismos de articulación de lucha contra la corrupción con los entes rectores correspondientes, fomentar y propiciar una cultura de valores en la sociedad peruana y la ética en la función pública.

Asimismo, precisa la conducción del Observatorio de la Corrupción, que deberá informar periódicamente a la ciudadanía sobre los indicadores de avance en la lucha contra ese flagelo.

En sus disposiciones finales, señala que la presente ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano y menciona que la elaboración  del reglamento interno de la Comisión de Alto Nivel deberá ser elaborado en un plazo no mayor de 30 días naturales, contando a partir de su publicación.

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