El abogado laboralista Hermán Lora advirtió que la recién promulgada ley otorga una licencia de 56 horas alternas o consecutivas anualmente, pero son a cuenta de las vacaciones del solicitante.
Apenas en la víspera fue promulgada la Ley 30119, que concede el derecho de licencia a los trabajadores públicos o privados que tengan hijos menores con discapacidad, pero ya ha sido objetada.
El abogado laboralista Hermán Lora advirtió que esta norma en su artículo 2 precisa que las 56 horas alternas o consecutivas que se otorga anualmente al padre o madre, tutor o curador de la persona con discapacidad para contribuir en la asistencia médica y la terapia de rehabilitación que estos requieran, serán a cuenta de sus vacaciones.
"También se compensan con horas extraordinarias de labores, previo acuerdo con el empleador. De ser necesario se otorgan horas adicionales, siempre que sean a cuenta del período vacacional o compensables con horas extraordinarias de labores, previo acuerdo con el empleador en ambos supuestos", precisa el dispositivo legal.
El letrado discrepó con la nueva ley, al afirmar que las vacaciones tienen que ser un ejercicio distinto a cualquier otra actividad.
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