Afirman que no existe una política para definir claramente las áreas exclusivas de uso agrícola, ganadero y pesquero, lo que ha generado la mayoría de casos los conflictos sociales.
El Estado debe promover el ordenamiento territorial para definir áreas exclusivas de uso agrícola, ganadero y pesquero, y evitar así problemas que generen conflictos sociales, planteó hoy Iván Lanegra, adjunto de la Defensoría del Pueblo en Medio Ambiente y Pueblos Indígenas.
“Una política de ordenamiento territorial es básica para que esas actividades puedan desarrollarse de manera compatible entre su uso y el entorno. Así no se producirían controversias en el ejercicio de los derechos de los pueblos aledaños”, dijo a la Agencia Andina.
Agregó que hasta el momento no existe una política para definir claramente esos sectores exclusivos, lo que ha generado en su mayoría de casos los conflictos sociales de pueblos indígenas, comunidades nativas y campesinas.
Con ese ordenamiento, refirió que puede lograrse el ansiado equilibrio entre la inversión privada de prácticas extractivas, y los derechos de la población originaria que por siglos se encuentra en esas tierras.
El jurista sostuvo que, debido a la falta de ese ordenamiento territorial, se sobreponen algunos derechos, lo que genera conflictos sociales y eventuales brotes de violencia por la protesta generada entre los pobladores.
“Es necesaria una ley para el ordenamiento. Una vez aprobada, el proceso puede ser llevado a cabo por el Ceplan (Centro Nacional de Planeamiento Estratégico) o por una oficina adscrita del Ministerio de Ambiente o la Presidencia del Consejo de Ministros”, señaló.
Lanegra refirió que esta medida puede complementarse con la aprobación de la Ley de Consulta Previa y un programa de capacitación a las autoridades regionales y locales en la aplicación e implicancias de la norma.
El dictamen de la Ley de Consulta Previa no ha podido ser aprobado hasta el momento por el pleno del Congreso, y se encuentra en la agenda de la Comisión Permanente para su eventual debate y posterior aprobación.
“Esta norma establece el derecho de los pueblos indígenas u originarios a ser consultados sobre las medidas legales, planes, programas y proyectos que afecten directamente sobre sus derechos, sean estos físicos, de identidad, calidad de vida o desarrollo”, precisó.
Añadió que su objetivo es alcanzar un acuerdo entre el Estado y los pueblos indígenas respecto a las medidas que las afecten directamente.//Andina
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