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Ejecutivo aprueba proyecto que aplica sanciones a agresores de policías

El asesinato de policías será penado como mínimo con 20 años de cárcel hasta 35. Para ello se reforman los artículos 121 y 108, respectivamente, del Código Penal.

Se impondrán duras penas a quienes atenten contra las fuerzas del orden. De acuerdo al proyecto de ley aprobado este viernes por el Ejecutivo, se incorpora una nueva modalidad agravada por Lesiones Graves con penas de 6 a 10 años, y se agrava sustancialmente por lesiones seguidas de muerte con penas de 12 a 15 años de reclusión.

El asesinato de policías será penado como mínimo con 20 años de cárcel hasta 35. Para ello se reforman los artículos 121 y 108, respectivamente, del Código Penal.
 
Asimismo, para quienes cometan actos de violencia contra la autoridad policial se incrementarán las penas desde 8 a 15 años, según la reforma del artículo 367 del Código Penal propuesto.
 
Para que las penas a quienes se resistan a la autoridad de forma violenta sean más efectivas, el proyecto de ley contempla la eliminación de beneficios penitenciarios a quienes resulten culpables de violar el artículo 367.

Así se evita que el condenado sea liberado con apenas haber cumplido un tercio de la pena por beneficios penitenciarios. Para ello, se presentará al Congreso la modificación de los artículos 47, 48 y 53 del Código de Ejecución Penal, que regulan diferentes beneficios penitenciarios acumulables.
 
En este último caso, al ser los beneficios penitenciarios aplicables en el futuro, las modificaciones en el Código de Ejecución Penal sí alcanzarán a los que resulten culpables del repudiable ataque a las fuerzas del orden el ayer en La Parada. En el Código Penal actual  este crimen se castiga con 6 a 12 años, pero, por beneficios penitenciarios,  saldrían entre 2 a 4 años. De aprobar el Congreso esta iniciativa, purgarán la totalidad de su pena.

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