Esta medida está contemplada en un Decreto Legislativo, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano.
El Ejecutivo dispuso la reducción de la tasa de Impuesto General a las Ventas (IGV) a partir de julio de este año, siempre y cuando la recaudación anualizada hasta mayo del 2017 del IGV total neto de sus devoluciones internas alcance el 7.2% del Producto Bruto Interno (PBI).
Al respecto, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) precisó que en un nuestro país existe un Impuesto al Valor Agregado (IVA) de 18%, el cual se compone de dos impuestos: 1) Impuesto General a las Ventas (IGV), actualmente de 16%, y 2) Impuesto a la Promoción Municipal (IPM), actualmente de 2%.
De esta manera, el 18% antes mencionado corresponde a la suma del IGV (16%) y el IPM (2%).
Esta medida se dio con el Decreto Legislativo N° 1347, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, que modifica la tasa del IGV establecida en el Texto Único Ordenado de la Ley del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo.
Esta reducción se dará siempre que la recaudación anualizada de este impuesto (neto de devoluciones) alcance el 7.2% del PBI para asegurar el cumplimiento de la consolidación gradual del déficit fiscal con el objetivo de llegar al 1% al 2021. “En este sentido, el Gobierno cumple con las facultades delegadas y conjuntamente con el respeto por la sostenibilidad de las cuentas fiscales”, afirmó el MEF.
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