El TC declaró en consecuencia inconstitucional las reformas constitucionales aprobadas en la denominada ‘cuarta legislatura’.
El Pleno del Tribunal Constitucional declaró por unanimidad inconstitucional la Resolución Legislativa N° 021-2020-2021-CR que modificó el Reglamento del Congreso desdoblando una legislatura ordinaria, lo que abrió paso a la denominada ‘cuarta legislatura’ en el Congreso complementario.
En ese momento, el Congreso dispuso esta medida para aprobar iniciativas de reformas constitucional. Como se sabe, la aprobación de reformas constitucional puede ser a través de dos legislaturas ordinarias sucesivas con una votación favorable, en cada caso, superior a los dos tercios del número legal de miembros del Congreso de la República (87 votos).
El Tribunal Constitucional interpretó que este mecanismo exige a los legisladores respeto por el tiempo antes de que se emita la segunda votación, con el fin de que haya una mayor reflexión.
Es así que esta decisión del TC declara en consecuencia inconstitucional las reformas constitucionales aprobadas en la denominada ‘cuarta legislatura’. Estas son.
1. Ley 31280, Ley de reforma constitucional que modifica los artículos 99 y 191 de la Constitución Política del Perú, con la finalidad de instaurar el juicio de residencia para el Presidente de la República.
Este artículo que se añadió a la Constitución señalaba que el expresidente debía permanecer en el territorio nacional “por el periodo mínimo de un año, salvo autorización de salida aprobada por el Congreso de la República, con más de la mitad del número legal de sus miembros, considerando las razones objetivas que hubiesen motivado la solicitud”.
2. Ley 31304, Ley de reforma constitucional que refuerza la protección del patrimonio cultural de la Nación
La modificación al artículo 21 de la Constitución establecía una mayor protección constitucional a os patrimonios culturales del Estado. La titularidad del Estado sobre el patrimonio cultural se extiende a los bienes culturales que no han sido descubiertos, ubicados en el subsuelo y en zonas subacuáticas del territorio nacional.
3. La Ley 31305, Ley de reforma constitucional que facilita al Contralor General solicitar el levantamiento del secreto bancario y de la reserva tributaria y bursátil en el marco del control gubernamental.
Esta reforma constitucional pretendía fortalecer la lucha anticorrupción y permitía que el Contralor General de la República y la Superintendente de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP puedan efectuar pedidos para el levantamiento del secreto bancario y de la reserva tributaria.
El TC también precisó que su sentencia “no afecta las demás actuaciones parlamentarias o legislativas realizadas durante la cuarta legislatura”. Asimismo, precisa que le corresponde al Parlamento actual determinar si culmina o no el procedimiento de la aprobación de las referidas reformas constitucionales.
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