Congresista Rolando Souza, señaló que magistrados del Poder Judicial no necesitan tomarlo como referencia.
El fallo del Tribunal Constitucional que prohíbe la difusión de audios grabados de forma ilícita no establece un precedente vinculante para los organismos de justicia por lo que no obliga a los magistrados a tomarlo como referencia, sostuvo el congresista fujimorista, Rolando Souza.
Aun así dijo que de “alguna manera” constituye una censura a la prensa porque pretende imponerle una forma de conducta.
“Es inapropiada e inoportuna. Pretende ser una doctrina jurisprudencial pero no lo es porque no establece que es un precedente vinculante para los organismos de justicia. Los magistrados del Poder Judicial pueden tomarla o no como referencia”, dijo en RPP Noticias.
“Me da la sensación de que han forzado una demanda que les ha llegado para dar una sentencia que no tenía tanta relación con el tema, pero sí era importante para el Tribunal dar este mensaje hacia algunos medios de comunicación”, agregó.
Indicó que esto no quiere decir que los periodistas tengan "carta blanca" para difundir cualquier tipo de audio ya que las normas establecen que no se puede hacer pública una información que corresponda a la intimidad de las personas.
“Pero sí puede emitir algo que es parte de la vida privada -más aun si es un funcionario público- cuando los hechos de la vida privada tienen una connotación pública”, dijo.
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