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Informe forense prueba que ´Tito´ no fue ejecutado al margen de la ley

Documento al que tuvo acceso RPP Noticias concluye que ´el disparo que causó la muerte del terrorista se produjo a larga distancia´.

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Un informe forense solicitado al médico español Juan Manuel Cartagena por la defensa peruana ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) para el caso Chavín de Huántar concluye que el terrorista Eduardo Cruz Sánchez, “Tito”, murió “de forma inmediata” tras recibir un disparo a “larga distancia” que destruyó sus “estructuras medulares y cerebrales”.

El disparo que causó la muerte a NN14 (número asignado al cadáver de “Tito”) se produjo a larga distancia. No existe un solo vestigio de que el disparo se pudiera producir a cañón tocante o bocajarro, ni a quemarropa ni a corta distancia”, se lee en el informe al que tuvo acceso RPP Noticias.

“Ni la ropa, ni el estudio de los huesos, ni los estudios complementarios de laboratorio, de espectrometría de absorción atómica arrojan signos positivos a restos de pólvora que necesariamente tendrían que encontrarse si el disparo no se hubiese realizado este disparo a larga distancia”, se añade dentro de las concluciones del documento de 48 páginas.

Asimismo, el informe concluye que “si hubiera sido el disparo a corta distancia o a quemarropa, los vestigios del disparo a esas distancias hubieran quedado en la ropa en íntima relación de vecindad con la piel”.

“Si hubiese sido a cañón tocante habría aparecido el signo de Benassi en los huesos del cráneo y en todo caso hubiese dado positivo el estudio químico a componentes de la pólvora”, agrega.

En tal sentido, la Procuraduría del Ministerio de Defensa que sigue el caso Chavín de Huántar, por disposición del Ministerio de Justicia según informa la defensa peruana ante la Corte IDH, usará el informe para demostrar que el terrorista Cruz Sánchez “no fue ejecutado al margen de la ley”.

 

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