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Jueces suplentes dicen ser invisibles en ley de incremento salarial

Consideran que esta omisión en el dispositivo legal planteado por el Ejecutivo es una ´vulneración de tipo constitucional´ y una discriminación a quienes representan el 50% de los administradores de justicia.

Alicia Rodríguez, presidenta de la Asociación de Jueces Suplentes del Poder Judicial (PJ), denunció que son "invisibles" en la nueva estructura de ingresos para los magistrados, al no estar incluidos en el planteamiento que hizo el Ejecutivo y que fue aprobado por el Congreso de la República.

Detalló que hasta antes de la modificación a la Ley Orgánica del Poder Judicial, los jueces provisionales percibían la mitad del ingreso de un miembro titular, sea este un juez superior o de paz letrado u otro.

No obstante, Rodríguez dijo que con la nueva norma, el incremento no los alcanza y si ahora un juez superior percibirá 14 mil 400 nuevos soles, a un suplente de dicho cargo le corresponderá aproximadamente el 20% y ya no el 50%.
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Según la magistrada esta omisión en el dispositivo legal es una "vulneración de tipo constitucional" y una discriminación a quienes representan el 50% de los administradores de justicia.

"Es una discriminación al 50% del Poder Judicial, nos divide, si ya hay un abismo, la brecha se afianza. Si había voluntad política ésta debió ser democrática, teniendo en cuenta al sector más vulnerado que es el 50%", manifestó en RPP Noticias.

Finalmente, destacó que según encuestas del Colegio de Abogados de Lima (CAL) los jueces provisionales son los que tienen mayor credibilidad y productividad, algo que incluso ha reconocido el titular del Poder Judicial, Enrique Mendoza, quien ha sugerido al Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) el nombramiento de todo ese grupo humano.

Cabe precisar que en la oficializada ley que modifica el numeral 5 del artículo 186 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se señala en sus disposiciones complementarias finales que “al juez provisional se le asignará la remuneración básica correspondiente al nivel al que es designado provisionalmente, y solo mientras dure dicho encargo”.

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