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ONPE aprueba medidas para transparencia en elecciones en universidades

Andina
Andina

El ente electoral aprobó tres normas que han sido remitidas a los rectores de las universidades públicas para su correcta implementación, en el marco de la adecuación a la nueva Ley Universitaria.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó las disposiciones que regulan su participación en las elecciones de las nuevas autoridades de las universidades públicas del país, a efectos de garantizar la transparencia de esos comicios, y remitió esa normativa a los rectores para su aplicación.

De acuerdo a la nueva Ley Universitaria, el organismo electoral garantiza la transparencia mediante la asistencia técnica a cada Comité Electoral Transitorio que se constituya en cada casa superior de estudios estatal.

Según informa la ONPE, aprobó tres normas: las disposiciones para las elecciones de las asambleas estatutarias de estas casas de estudio, las directivas del servicio de asistencia técnica a los comités electorales universitarios para dicha elección, y el procedimiento a seguir.

ELECCIÓN DE ASAMBLEAS ESTATUTARIAS

La primera, aprobada vía resolución jefatural del ente electoral, establece que los citados comités se encargan de convocar, conducir y proclamar los resultados de la elección de los representantes de los docentes y estudiantes ante la Asamblea Estatutaria.

Y para ello cuentan con la asistencia técnica de la ONPE en todas las etapas del proceso electoral, que tiene un plazo de 25 días calendario desde la convocatoria.

ASISTENCIA TÉCNICA

La siguiente norma, que regula el servicio de asistencia técnica a los comités electorales, precisa que ello incluye la elaboración del reglamento electoral, la convocatoria, definición del cronograma electoral, aprobación del padrón, inscripción de candidaturas, conformación de mesas de sufragio, desarrollo de la jornada electoral y la proclamación de resultados.

Para garantizar la transparencia del proceso electoral en una universidad pública, el comité electoral debe facilitar la participación de la ONPE en todas las etapas del proceso, informando de los acuerdos a los que arriben y acogiendo sus recomendaciones.

También precisa que no puede haber más de un comité electoral universitario y que en caso de conflicto o duda sobre su conformación, la ONPE solicitará un pronunciamiento de la máxima autoridad administrativa de la universidad.

PROCEDIMIENTO DE LA ASISTENCIA

En tanto, el procedimiento de asistencia técnica detalla punto por punto los pasos de la participación de la ONPE en estos comicios, y precisa que esa labor será dirigida por su Subgerencia de Asistencia Técnica, en Lima; y las Oficinas Regionales de Coordinación en el interior del país.

Esta última directiva precisa que en caso de ser factible y de requerirlo el comité electoral, se evaluará el desarrollo del servicio de votación electrónica.

Estas tres normas fueron remitidas por la ONPE a los rectores de las universidades públicas para su correcta implementación, en el marco de la adecuación a la nueva Ley Universitaria.

La ONPE manifestó que en los casos en los cuales las universidades públicas ya hayan elegido a los miembros de sus Asambleas Estatutarias, la ONPE revisará el proceso electoral y emitirá un informe sobre el particular.

Datos:

-La participación de la ONPE en las elecciones universitarias se encuentra establecida en el artículo 72 y la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Universitaria.

-La ONPE y el Ministerio de Educación emitieron el viernes último un comunicado conjunto en el que invocan a la comunidad universitaria a participar de la implementación de la nueva Ley Universitaria.



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