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Pedraza: Sicariato será sancionado con una pena no menor de 25 años

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Wilfredo Pedraza destacó los decretos legislativos emitidos por el Ejecutivo con la finalidad de mejorar la lucha contra la criminalidad.

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Los decretos legislativos en materia de seguridad, publicadas este lunes, constituyen el primer paquete de un conjunto de normas que emitirá el Poder Ejecutivo con la finalidad de mejorar la lucha contra la criminalidad y permitir una mayor capacidad operativa tanto a la Policía como a la Fiscalía, sostuvo este lunes el exministro del Interior, Wilfredo Pedraza.

“Son tres decretos legislativos que tratan [a su vez] tres temas que están vinculados entre sí y cuyo objetivo central es atacar dos fenómenos delictivos que hoy tienen incidencia y generan mucho impacto: el sicariato y la extorsión”.

En el caso del sicariato, explicó, lo que se está haciendo es independizar este delito del clásico homicidio para reprimir con una pena mucho más grave a quien comete un asesinato por dinero.

“Por eso, es que introducimos en el Código Penal el sicariato, para sancionar con una pena no menor de 25 años a quien ordena, encarga o acuerda matar a una persona a cambio de una ventaja patrimonial”, explicó en declaraciones a la Agencia Andina.

El también asesor presidencial en temas de seguridad manifestó que “entonces, no se trata de sancionar solo al ejecutor, sino también a quien ordena y quien acuerda este crimen. Con relación al homicidio, el sicariato tiene una pena mayor en 10 años”, agregó.

CONSPIRACIÓN

Pedraza consideró importante que en el Decreto Legislativo Nº 1181 se haya incluido también el delito de conspiración y ofrecimiento del sicariato.

“Consiste en sancionar con una pena no menor de cinco años ni mayor de mayor de ocho años a quien simplemente participa, promueve o favorece un acuerdo con fines de sicariato. En este caso, no hay víctima, se trata de reprimir el acuerdo previo, por eso el delito se llama conspiración”.

Esta figura permitirá sancionar a aquellas personas que por cualquier medio ofrece su servicio para cometer el asesinato por encargo o actúa como intermediario, precisó.

“Hemos visto en ocasiones que por las redes sociales se ofrece el servicio de sicariato. Ese solo acto se va a sancionar con prisión no menor de cinco años ni mayor de ocho años, y si en ese proceso se ofrece a menores de edad las penas fluctuarán entre seis y 10 años”.

El exministro del Interior destacó que la citada norma se complementa con decreto legislativo referido a la geolocalización.

“Cuando una persona usa celulares o cualquier otro medio electrónico para cometer un delito y está en flagrancia, la Policía puede acceder de manera inmediata a la información de la empresa que brinda el servicio de telefonía celular que le facilitará saber dónde se origina la llamada y, en consecuencia, actuar eventualmente para detener a su autor”.

El Decreto Legislativo Nº 1182 servirá para capturar al sicario y combatir el delito de extorsión, en el que se usa con mucha frecuencia el celular, detalló Pedraza.

“Hay que decir que esta ley de geolocalización no implica escuchas de voz, simplemente permite el acceso a información electrónica que tiene el propósito de ubicar el origen de llamadas y la ubicación del teléfono. No es para escuchas de llamadas, que tiene su propio procedimiento”.

Pedraza saludó también la publicación del Decreto Legislativo Nº 1180, “que incorpora a la legislación peruana la posibilidad de ofrecer recompensas para la captura de miembros de una organización criminal”.

“Se va a promover la disociación, la recompensa con cargo a recibir información que permita la captura o evite un acto delictivo. De manera que los tres temas están vinculados”, puntualizó.

Andina

 

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Posted by RPP Noticias on Lunes, 27 de julio de 2015

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