En diálogo con RPP, Daniel Figalo, presidente encargado del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, explicó el decreto anunciado por el presidente Alan García en su mensaje a la Nación.
En su mensaje a la Nación por Fiestas Patrias, el presidente Alan García dijo que "el Perú no entregará ni un centavo a los terroristas", al referirse a la polémica que se generó por el pago del Estado a la sentenciada por terrorismo Lori Berenson, en cumplimiento con lo dictaminado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Al respecto, señaló que el Ejecutivo ha promulgado un decreto que oficializa el mecanismo de compensación mediante el cual se descontará las indemnizaciones de las reparaciones civiles que le deben al Estado.
En diálogo con RPP, Daniel Figalo, presidente encargado del Consejo de Defensa Jurídica del Estado del Ministerio de Justicia, explicó este decreto de urgencia, publicado en el diario El Peruano.
"Ha habido una especie de inacción en materia de modificaciones normativas para enfrentar este tema (las sentencias de la CIDH). Ha faltado cierta creatividad jurídica. Cuando nosotros vemos que le debemos a alguien y ese alguien nos debe, tas con tas, podemos lo que se llama netear. Vemos cuánto te debes y cuánto es lo que me debes y el saldo que queda se pagar", dijo.
Figalo explicó que el decreto de urgencia corrige el artículo 1290 del Código Civil que establece que no se puede compensar entre el Estado y particulares salvo disposición de la ley. "El decreto de urgencia que se ha dictado ahora tiene fuerza de ley. Precisamente, ante esta posibilidad de pagar con intereses las indemnizaciones dictadas por la Corte es que se dicta este decreto de urgencia", apuntó.
Al respecto, señaló que el Ejecutivo ha promulgado un decreto que oficializa el mecanismo de compensación mediante el cual se descontará las indemnizaciones de las reparaciones civiles que le deben al Estado.
En diálogo con RPP, Daniel Figalo, presidente encargado del Consejo de Defensa Jurídica del Estado del Ministerio de Justicia, explicó este decreto de urgencia, publicado en el diario El Peruano.
"Ha habido una especie de inacción en materia de modificaciones normativas para enfrentar este tema (las sentencias de la CIDH). Ha faltado cierta creatividad jurídica. Cuando nosotros vemos que le debemos a alguien y ese alguien nos debe, tas con tas, podemos lo que se llama netear. Vemos cuánto te debes y cuánto es lo que me debes y el saldo que queda se pagar", dijo.
Figalo explicó que el decreto de urgencia corrige el artículo 1290 del Código Civil que establece que no se puede compensar entre el Estado y particulares salvo disposición de la ley. "El decreto de urgencia que se ha dictado ahora tiene fuerza de ley. Precisamente, ante esta posibilidad de pagar con intereses las indemnizaciones dictadas por la Corte es que se dicta este decreto de urgencia", apuntó.