¿Qué cambios a la regulación actual implica la pregunta dos del referéndum sobre la regulación del financiamiento de los partidos políticos? Lo revisamos en el siguiente informe de RPP.
Cuando faltan menos de tres semanas para la realización del referéndum y segunda vuelta electoral en quince regiones de nuestro país, la información con que cuenta la ciudadanía para decidir cuatro reformas constitucionales es todavía muy escasa, cuando no inexistente.
El poder en tus manos: referéndum 2018 busca precisamente alcanzar a los peruanos información relevante de las reformas sobre las que tendrán que pronunciarse el 9 de diciembre próximo. La segunda pregunta de la consulta ciudadana dice textualmente: ¿Aprueba la reforma constitucional que regula el financiamiento de las organizaciones políticas?
Siendo la pregunta muy amplia, precisemos de qué reforma se habla. En primer lugar, como lo precisa el constitucionalista Joseph Campos, las campañas de los partidos políticos ya no las financiaran los privados, sino el Estado; es decir nosotros los peruanos.
"Solo va a autorizarse la difusión de la propaganda electoral en medios de comunicación radiales y televisivos mediante financiamiento público indirecto. Es decir, el Estado será el que dará los recursos para la propaganda electoral, trascendiendo la idea de quién es el titular del medio de comunicación social", explica.
La reforma, sin embargo, tiene un vacío: se refiere a las campañas presidenciales en elecciones generales, pero no precisa quién financia las campañas para las elecciones municipales y regionales, como lo advierte el especialista José Manuel Villalobos.
"No se precisa si esta propaganda pagada con dinero del Estado solo será para elecciones presidenciales abarcará también, como ahora, a elecciones de gobernadores regionales y deja en el limbo a las candidaturas al Congreso y a las municipalidades, quienes no podrían hacer propaganda en radio y televisión", advierte.
Un aspecto positivo es que, de aprobarse la reforma, se estaría sancionando penalmente y ya no solo administrativamente el financiamiento de campañas con fondos ilícitos destaca el constitucionalista Joseph Campos.
"La disposición marca algunos temas muy puntuales puesto que otorga al financiamiento ilegal una sanción administrativa, civil y penal. El reconocimiento constitucional de tales consecuencias requerirá de desarrollo legislativo", anotó.
Finalmente, debemos señalar que la crítica a la inclusión de esta pregunta en el referéndum es que la norma ya existe en la ley de organizaciones políticas de nuestro país.
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