Presidente del TC señala que le corresponde al Poder Judicial resolver si se violó los derechos jurisdiccionales de defensa de Fujimori antes de que este caso llegue al TC.
El Tribunal Constitucional no revisará la sentencia de 25 años de prisión impuesta contra el ex presidente Alberto Fujimori, porque es cosa juzgada, ratificó el presidente de ese organismo, Juan Vergara Gotelli.
Indicó que sólo podrían revisarla si el proceso judicial contra el ex mandatario no cumplió el debido proceso en caso se presente un habeas corpus al respecto.
Empero, recordó que un recurso de esa naturaleza no se presenta directamente al tribunal, sino al Poder Judicial, en donde debe ventilarse.
En caso, el PJ desestime el hábeas corpus y la defensa de Fujimori insista en que el juicio no cumplió con el debido proceso, recién pasaría al TC para su estudio.
"No nos compete revisar la condena (contra Fujimori), solo si se ha respetado el debido proceso a través de un amparo y habeas corpus, pero eso requiere de un trámite previo de no menos de un año antes de llegar al tribunal, porque debe ventilarse en el Poder Judicial", manifestó a la prensa.
Insistió que le corresponde al Poder Judicial resolver si se violó los derechos jurisdiccionales de defensa de Fujimori antes de que este caso llegue al TC.
De otro lado, reiteró que la sentencia en la cual ordena excluir al general (r) Walter Chacón Málaga del juicio que se le sigue por supuesto enriquecimiento ilícito no crea precedente.
Recordó que para crear jurisprudencia en un caso se necesita un mínimo de cinco votos y para ello se debe convocar a una sesión del Pleno.
Explicó que la mencionada resolución fue dictada por una de las dos salas que tiene el TC, integrada por tres miembros. Andina
Indicó que sólo podrían revisarla si el proceso judicial contra el ex mandatario no cumplió el debido proceso en caso se presente un habeas corpus al respecto.
Empero, recordó que un recurso de esa naturaleza no se presenta directamente al tribunal, sino al Poder Judicial, en donde debe ventilarse.
En caso, el PJ desestime el hábeas corpus y la defensa de Fujimori insista en que el juicio no cumplió con el debido proceso, recién pasaría al TC para su estudio.
"No nos compete revisar la condena (contra Fujimori), solo si se ha respetado el debido proceso a través de un amparo y habeas corpus, pero eso requiere de un trámite previo de no menos de un año antes de llegar al tribunal, porque debe ventilarse en el Poder Judicial", manifestó a la prensa.
Insistió que le corresponde al Poder Judicial resolver si se violó los derechos jurisdiccionales de defensa de Fujimori antes de que este caso llegue al TC.
De otro lado, reiteró que la sentencia en la cual ordena excluir al general (r) Walter Chacón Málaga del juicio que se le sigue por supuesto enriquecimiento ilícito no crea precedente.
Recordó que para crear jurisprudencia en un caso se necesita un mínimo de cinco votos y para ello se debe convocar a una sesión del Pleno.
Explicó que la mencionada resolución fue dictada por una de las dos salas que tiene el TC, integrada por tres miembros. Andina
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