Mediante un oficio, el vocero de la bancada de Alianza para el Progreso (APP), Eduardo Salhuana, comunicó al oficial mayor del Parlamento, Giovanni Forno, la decisión respecto a la propuesta.
La bancada de Alianza para el Progreso (APP) retiró el proyecto de ley presentado el último martes por el congresista Luis Cordero Jon Tay, que planteaba que los contribuyentes descuenten pagos por extorsión en el impuesto a la renta.
Mediante un oficio, el vocero de dicho grupo legislativo, Eduardo Salhuana, comunicó al oficial mayor del Parlamento, Giovanni Forno, la decisión respecto a la cuestionada propuesta.
En su iniciativa, Cordero Jon Tay proponía que, para acreditar la pérdida de dinero como consecuencia del delito de extorsión, las víctimas debían presentar una declaración jurada. No obstante, si la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) determinaba que el contribuyente ha proporcionado información falsa, podría presentar una denuncia penal ante el Ministerio Público.
La proyecto pretendía modificar el literal d) del artículo 37 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, incorporando como deducibles las extorsiones: "Las pérdidas extraordinarias sufridas por caso fortuito o fuerza mayor en los bienes productores de renta gravada o por delitos cometidos en perjuicio del contribuyente por sus dependientes o terceros, en la parte en que tales pérdidas no resulten cubiertas por indemnizaciones o seguros, y siempre que se haya probado judicialmente el hecho delictuoso o que se acredite que es inútil ejercitar la acción judicial correspondiente".
En ese sentido, tratándose de pérdidas extraordinarias originadas por delitos de extorsión cometidos en perjuicio del contribuyente, el documento señalaba que era necesaria la presentación de una declaración jurada con huella digital y firma legalizada notarialmente, acompañada de los medios probatorios correspondientes.
Cordero Jon Tay sostenía también que, con su proyecto de ley, “se busca establecer un mecanismo ágil y seguro” que permita a los contribuyentes víctimas de extorsión acreditar sus pérdidas extraordinarias sin exponerse a riesgos adicionales.
Asimismo, añadía que “se asegura que el sistema tributario refleje con mayor fidelidad la verdadera capacidad contributiva de los afectados, evitando que se vean obligados a tributar sobre utilidades ficticias o inexistentes, y reforzando los principios de equidad y justicia tributaria”.