En Enfoque de los Sábados, el exmagistrado del TC, Óscar Urviola, también consideró que el Ejecutivo, al haber presentado la cuestión de confianza, ha “menoscabado” las competencias del Legislativo.
El presidente del Congreso, José Williams, convocó una sesión extraordinaria del Pleno para este sábado, 26 de noviembre, con el objetivo de evaluar la interposición de una demanda competencial y una medida cautelar ante el Tribunal Constitucional (TC) contra el mandatario Pedro Castillo por haber interpretado el rechazo del Parlamento a la cuestión de confianza, planteada por el expremier Aníbal Torres, como una “denegatoria fáctica”.
A pocas horas de la sesión, prevista para las 16:00 horas, el extitular del TC Óscar Urviola saludó la decisión de Williams Zapata al considerar que existe el riesgo de que el Ejecutivo utilice esta interpretación como una primera denegación de la confianza para, después, disolver el Parlamento ante una segunda denegatoria de la cuestión de confianza.
“Es oportuna esta decisión porque ya hay actos concretos, que incluso es probable que consten hasta en el acta del Consejo de Ministros, sobre la intención y casi la decisión de considerar esta supuesta negativa de una cuestión de confianza para tener como antecedente y primera negativa de confianza, con el fin de sumar otra y, luego, proceder a la disolución del Congreso”, dijo el exmagistrado en Enfoque de los Sábados.
En ese sentido, Urviola recalcó que la Ley N° 31355, aprobada por insistencia en el Congreso, limita y regula la presentación de la cuestión de confianza para temas exclusivamente vinculantes a la política general del Gobierno.
Como en este caso, el recurso se presentó para derogar la denominada ley antireferéndum, el extribuno consideró que el Ejecutivo ha “menoscabado” las competencias del Legislativo.
“Es cierto que el Ejecutivo puede plantear una cuestión de confianza, pero no lo está haciendo dentro de los parámetros que fija no solamente la Constitución, sino una ley de desarrollo constitucional, que es la Ley 31355”, detalló.
Tribunal Constitucional deberá resolver
Para Óscar Urviola, esta situación amerita que el Tribunal Constitucional, en caso el Parlamento acuerde por unanimidad la presentación de la demanda competencial, dirima las competencias de ambos poderes del Estado.
“Este conflicto está clasificado dentro del conflicto competencial por menoscabo de competencia del Legislativo; es decir, el Ejecutivo, al ejercer una facultad [de presentar la cuestión de confianza, a pesar de que hay una ley que regula su interposición], lo está haciendo de una manera irregular al margen de la ley”, explicó.
Así, el exmagistrado señaló que, según establece el nuevo código procesal constitucional, el máximo intérprete de la Constitución tendrá hasta 60 días hábiles para resolver el recurso que eventualmente presentaría el Congreso, tras notificar a la parte demandada, en este caso el Ejecutivo, y escuchar los alegatos de ambas partes.
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