El presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, informó que la Junta de Portavoces amplió la agenda para que la aprobación por insistencia de esta iniciativa sea vista en el primer pleno de la segunda legislatura.
El Pleno del Congreso debatirá mañana jueves 6 de marzo el proyecto de ley que restituye la detención preliminar en casos de no flagrancia, luego de que se advirtiera de que el debate y votación de dicho dictamen de insistencia no figuraba en la agenda de inicio de la segunda legislatura.
Así lo indicó el presidente del Legislativo, Eduardo Salhuana, a través de su cuenta de X donde precisó que se autorizó el acta virtual para que el proyecto sea debatido en la sesión del Pleno de este jueves.
En su mensaje, Salhuana adjuntó la fotografía de un documento en el que se consulta la ampliación de la agenda a los integrantes de la Junta de Portavoces, el cual muestra que votaron a favor de la ampliación los representantes de Acción Popular, Juntos por el Perú - Voces del Pueblo, Bancada Socialista y el Bloque Democrático Popular.
Autorizamos acta virtual para que el PL 9733, que restituye la detención preliminar en casos de no flagrancia, sea debatido mañana jueves 6 de marzo, honrando nuestro compromiso con el país. pic.twitter.com/zbY4QPTgkZ
— Eduardo Salhuana Cavides (@salhuanacavides) March 6, 2025
Insistencia
La insistencia de este dictamen fue aprobada en mayoría el pasado 5 de febrero por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Ello luego de que el Ejecutivo la observara.
Desde el Gobierno habían pedido al Congreso respetar las observaciones planteadas, pues consideraron que no se puede “someter” a los ciudadanos a la “exageración de un fiscal” respecto de este tipo de medida restrictiva.
“El Ejecutivo ha considerado que no puede existir un Estado de derecho en la que la presunción de inocencia sea no observada, en la que el fiscal en lugar de hacer una investigación prolija o por lo menos tener elementos de juicio”, dijo en enero Eduardo Arana, ministro de Justicia y Derechos Humanos.
“No podemos someter a cualquier ciudadano a la exageración de que un fiscal pueda hacer respecto de una persona que se encuentra sometida a la ausencia de su libertad”, añadió.
La iniciativa que se debatirá restituye y modifica el literal a) del numeral 1 del artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957. El texto señala:
“El juez de la investigación preparatoria, a requerimiento del fiscal, emite una resolución debidamente motivada, teniendo a la vista las actuaciones remitidas por aquel, y dicta mandato de detención preliminar cuando no se presente un supuesto de flagrancia delictiva, pero existan elementos razonables para considerar que una persona ha cometido un delito sancionado con pena privativa de libertad superior a cuatro años y, por las circunstancias del caso, se presenten indicios razonables de posibilidad de fuga u obstaculización de la averiguación de la verdad”.
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