El presidente Martín Vizcarra se opone a la reforma de la bicameralidad, porque considera que el proyecto alteró la cuestión de confianza. El congresista Carlos Bruce sostuvo que con el reciente fallo del TC ya se puede “votar por la bicameralidad, que es una de las reformas más importantes”.
El congresista Carlos Bruce (Peruanos por el Kambio) aseguró que con el fallo del Tribunal Constitucional (TC) que declaró inconstitucional la modificación del Reglamento del Congreso referida a la presentación de la cuestión de confianza, “desaparece” la razón que tenía el Ejecutivo para oponerse a la reforma de la bicameralidad en el Legislativo.
“Este fallo, en la práctica, modifica lo que se está planteando en el referéndum en lo que se refiere a la reforma de la bicameralidad. Si esa reforma de bicameralidad es aprobada, la parte donde se habla de cuestión de confianza queda derogada”, dijo en conferencia de prensa junto a los demás miembros de su bancada.
“Por tal motivo, desaparece la razón que tuvo el Ejecutivo de oponerse a esta reforma y, por lo tanto, podríamos votar por la bicameralidad, que es en la opinión de muchos una de las reformas más importantes de las cuatro planteadas”.
Por su lado, la congresista Mercedes Aráoz sostuvo que el fallo del TC restablece “el equilibrio de poderes”, en referencia a la modificación impulsada por Mauricio Mulder -aprobada con votos fujimoristas y apristas- que establecía que en caso de la “crisis total del Gabinete”, ningún ministro saliente pueda ser designado por el Consejo de Ministros siguiente.
“Los fundamentos que ha dado el doctor (Ernesto) Blume son claros y enfáticos. Está señalando, además, los impactos que tiene esta propuesta que se hizo, que van a estar en esta ley que va a ser vista en el referéndum”, dijo la también vicepresidenta.
Cuestión de confianza
El presidente Martín Vizcarra ha expresado su oposición al retorno de la Bicameralidad, debido a que el Congreso había “desnaturalizado” esta iniciativa de reforma constitucional con los cambios en el concepto de cuestión de confianza.
En la Constitución política vigente, en su Capítulo VI referido a “De las relaciones con el Poder Legislativo” se señala en el artículo 134º: “El Presidente de la República está facultado para disolver el Congreso si éste ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros”.
La autógrafa que aprobó el Congreso el pasado 3 de octubre y que envió al Ejecutivo dice lo siguiente: “El Presidente de la República está facultado para disolver la Cámara de Diputados si esta ha censurado o negado su confianza, de acuerdo al artículo 130, a dos Consejos de Ministros. En ningún caso, podrá disolver la Cámara de Senadores”.
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