Ningún servidor público puede aparecer en videos, fotos o cualquier tipo de mensajes desde que se convocó oficialmente a Elecciones Generales 2026.
Luego de que el Ejecutivo convocó a Elecciones Generales 2026 el 25 de marzo, al día siguiente se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo N°039-2025-PCM que oficializó esta medida y a partir de allí quedó prohibido realizar publicidad estatal para todas las entidades públicas a nivel nacional.
En el proceso electoral de abril de 2026 se elegirá al Presidente de la República, vicepresidentes, senadores y diputados del Congreso y representantes ante el Parlamento Andino; por ello, la ley busca que estos comicios se desarrollen con total neutralidad desde un año antes.
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Lo que no se puede hacer
Según información del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), ningún funcionario o servidor público de una entidad o cualquiera de sus dependencias puede aparecer en la publicidad estatal [vídeos, fotos, mensajes por redes sociales], ya sea con su imagen, nombre, voz, cargo o cualquier otro medio que lo identifique.
Quienes ostenten los cargos aludidos deberán abstenerse de interferir en la libertad de sufragio o direccionar el voto de sus subordinados. Tampoco podrán efectuar propaganda a favor o en contra de alguna opción política.
“Lo importante y lo que debemos tener en cuenta es que no deben utilizarse los recursos del Estado para favorecer a ninguna candidatura. Si estos casos sucedieran, serán denunciados ante los Jurados Electorales Especiales (JEE) y, de acuerdo a las características o la naturaleza de los hechos, se van a analizar y establecer si son sujetos a sanción”, explicó Yessica Clavijo, secretaria general del JNE.
Excepciones a la norma
La funcionaria también explicó que existe publicidad estatal que puede difundirse siempre y cuando cumpla ciertas características: “como evidentemente hay información que la población requiere conocer, hay una excepción y es que está permitida la publicidad que cumpla con el requisito de impostergable necesidad de utilidad pública, es decir, que no pueda esperar a que pase el proceso electoral para poderse difundir, como por ejemplo, una campaña de friaje, una campaña de vacunación, inclusive una campaña de pago de arbitrios que permite que se recauden recursos para poder cumplir con los servicios públicos”, detalló Clavijo.
Los avisos o mensajes permitidos, en ningún caso, pueden contener o hacer alusión a colores, nombres, frases o textos, símbolos, signos o cualquier otro elemento que directa o indirectamente esté relacionado con alguna organización política.
Jurados Especiales Electorales para la fiscalización
El Jurado Nacional de Elecciones, en el marco de las Elecciones Generales 2026, instalará oficinas descentralizadas a nivel local, los Jurados Especiales Electorales (JEE) en todo el país para que todos los partidos y candidaturas tengan una oficina cercana para cumplir con los requisitos de ley.
Pero estos JEE también tendrán la labor de fiscalizar el cumplimiento de leyes como la prohibición de publicidad estatal.
“Nosotros tenemos previsto instalar sesenta Jurados Electorales Especiales (JEE) a nivel nacional. Dentro de un mes empezaremos de manera progresiva con los primeros cinco, luego, el mayor bloque estará instalado hacia fines de este año [diciembre] porque en ese tiempo los partidos políticos presentarán todas sus candidaturas al 23 de diciembre, de allí que es necesario que estos JEE estén instalados para que cumplar su rol fiscalizador ante posibles infracciones en la hoja de vida, propaganda electoral, entre otros”, señaló la secretaria general del JNE.
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