El recurso, que también solicita al Poder Judicial abstenerse de emitir resoluciones que alteren el cronograma de las Elecciones Generales 2026, fue presentado por el procurador público del JNE, Ronald Angulo, junto al abogado constitucionalista Víctor García Toma, miembro de la defensa legal de la institución en este caso.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) presentó este miércoles 24 de setiembre una medida cautelar ante el Tribunal Constitucional (TC) para suspender las resoluciones del Poder Judicial en el caso del partido Unidad Popular, liderado por el exmagistrado Duberlí Rodríguez. El recurso busca dejarlas sin efecto hasta que el TC resuelva el proceso competencial que definirá las competencias en materia electoral entre el JNE y el PJ.
Entre dichas resoluciones figura la multa impuesta a los miembros del Pleno del JNE por no inscribir a la referida agrupación política y habilitarla para participar en las Elecciones Generales 2026.
El recurso fue presentado por el procurador público del JNE, Ronald Angulo, y el abogado constitucionalista Víctor García Toma, integrante del equipo legal que asesora a la institución en este caso. Ambos acudieron esta mañana a la sede de Mesa de Partes del TC, en Cercado de Lima, para formalizar la solicitud.
Asimismo, mediante el escrito, la autoridad electoral también solicitó que se disponga que el Poder Judicial (PJ) se abstenga de dictar resoluciones que alteren el cronograma electoral o que habiliten la participación de partidos políticos que no cumplieron con los plazos legales para obtener su inscripción.
En declaraciones a la prensa, García Toma cuestionó que el juzgado constitucional haya declarado procedente el recurso de Unidad Popular para participar en los comicios de abril de 2026, pese a que la agrupación obtuvo su registro fuera del plazo legal, que venció el pasado 12 de abril.
"Estamos pidiéndole al Tribunal Constitucional que se pronuncie sobre esta medida cautelar [que presentó en su momento Unidad Popular] y suspenda sus efectos hasta que se pronuncie de manera definitiva y reconozca —como entendemos que será así— que ha habido un menoscabo de las competencias del Jurado [...] No se puede aplicar una norma que está derogada [sobre la figura de la inscripción provisional], eso es un delito, es prevaricato. Eso es lo que ha cometido el juez de primera instancia al aplicar una norma que está derogada", señaló.
Por su parte, el procurador Ronald Angulo exhortó al Tribunal Constitucional a emitir una pronta respuesta, dado que el cronograma electoral para las Elecciones Generales 2026 sigue en curso.
"Esperamos que se pronuncie pronto. Lo que tiene que verificar el Tribunal son dos aspectos: primero, la verosimilitud del derecho; y, segundo, el peligro de la demora en la sentencia. Con esos dos requisitos, que ya están acreditados en la solicitud de medida cautelar, el Tribunal tendría que declarar fundada la medida y suspender los actos del Tercer Juzgado Constitucional de Lima", recalcó.
