El Jurado Nacional de Elecciones informó mediante notas informativas nuevas disposiciones en el marco de las Elecciones Generales que se realizarán el 12 de abril de 2026.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que se han publicado, en el diario oficial El Peruano, siete disposiciones sobre las Elecciones Generales 2026.
Estas, promulgadas hoy sábado 19 de abril, permitirán una mejor organización de la entidad electoral en el marco de las próximas elecciones.
Como se recuerda, Dina Boluarte, convocó el martes, 25 de marzo, a las Elecciones Generales para el 12 de abril de 2026.
¿Cuáles son los reglamentos?
- Reglamento de inscripción de fórmulas y listas de candidatos.
- Reglamento que da competencias del Jurado Nacional de Elecciones en las elecciones primarias.
- Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad.
- Reglamento sobre las comptenecias del Jurado Nacional de Elecciones en el marco del voto digital.
- Reglamento sobre gestión de los Jurados Electorales Especiales.
- Reglamento de notificaciones de pronunciaminetos y actuaciones jurisdiccionales mediante casilla electrónica.
- Resolución que da competencias a cinco Jurados Electorales Especiales para conocer, en primera instancia, casos sobre dádivas.
Los reglamentos, al detalle
Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales 2026
A través de la Resolución N° 0164-2025-JNE el Jurado Nacional de Elecciones publicó el reglamento -que contiene 49 artículos, tres disposiciones complementarias finales y 11 anexos- para inscribir las fórmulas y listas de candidatos para las próximas elecciones generales.
La resolución busca regular todas las etapas del proceso de inscripción de las fórmulas de los candidatos tanto a la presidencia como a la vicepresidencia de la República, así como las listas al Congreso bicameral (diputados y senadores) y representantes ante el Parlamento Andino.
#NormasLegales | #EG2026
— JNE Perú (@JNE_Peru) April 19, 2025
Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales 2026
➡️Resolución N° 0164-2025-JNE 👉 https://t.co/e5rpmRWtLC pic.twitter.com/Ja6mCHAsqk
Reglamento que da competencias del Jurado Nacional de Elecciones en las elecciones primarias
El JNE aprobó, mediante la Resolución N° 163-2025-JNE la regulación de su participación en las elecciones primarias de las elecciones generales que tendrán lugar el 12 de abril de 2026.
De esta manera, al organismo electoral le corresponde la aprobación de los padrones de electores de las organizaciones políticas elaboradas por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), cuyo plazo límite para hacerlo es el 19 de octubre de 2025.
Asimismo, se indica que el JNE interviene resolviendo las actas que resulten observadas, así como ante eventuales impugnaciones de los resultados, siempre que sean planteadas por cuestiones numéricas, y proclamar los resultados de cómputos efectuados por la ONPE para las primarias.
Por último, precisan que no corresponde la participación de los Jurados Electorales Especiales (JEE) en las elecciones primarias.
#NormasLegales | #EG2026
— JNE Perú (@JNE_Peru) April 19, 2025
Aprueban el Reglamento sobre las Competencias del Jurado Nacional de Elecciones en las Elecciones Primarias para las Elecciones Generales 2026
➡️Resolución N° 0163-2025-JNE 👉 https://t.co/HRI3NVQSyt
➡️Nota de prensa 👉 https://t.co/m9Bj057Bdt pic.twitter.com/mRskgB1DOw
Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad
Mediante la Resolución N.° 0112-2025-JNE el JNE constituirá infracciones en materia de propaganda electoral usar las oficinas públicas y cuarteles de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú "para la realización de conferencias, asambleas, reuniones o actos de propaganda electoral en favor o en contra de cualquier organización política o candidato, y la instalación de juntas directivas o el funcionamiento de cualquier comité político".
- Además, tampoco podrán usarse los locales de las municipalidades, colegios profesionales, Sociedades Públicas de Beneficiencia, entidades oficiales, colegios y escuelas estatales o particulares y de las iglesias de cualquier credo. La multa será no menor de 30 ni mayor de 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). La lista sigue:
- Utilización de calzadas y muros de predios públicos y privados para realizar pintas, fijar o pegar carteles, en este último sino cuentan con autorización previa.
- Uso o invocación de temas religiosas y difundir propagan sonora desde el espacio aéreo o a través de altoparlantes instalados en locales o vehículos, antes de las 8 a.m. y después de las 8 p.m.
- No permitido difundir propagando sonora fuera o dentro del horario permitido prevista en la ordenanza municipal
- Ninguna entidad o dependencia pública podrá difundir publicidad estatal en radio y televisión, o en medios distintos durante el periodo electoral siempre y cuando se justifique en razones de impostergable necesidad o utilidad pública.
- Si es a través de otras modalidades comunicativas (prensa escrita, redes sociales, paneles, etc.) se debe informar por un reporte posterior en un plazo de siete días hábiles.
- Cuando la publicidad estatal se difunda en redes sociales y/o plataformas digitales oficiales, se debe informar el enlace o link activo donde se ubica el elemento publicitario.
#NormasLegales | #EG2026
— JNE Perú (@JNE_Peru) April 19, 2025
Aprueban el Reglamento sobre propaganda electoral publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral
➡️Resolución N° 0112-2025-JNE 👉 https://t.co/Ia2Mu5EO2E
➡️Nota de prensa 👉 https://t.co/5SJ37HqrA0 pic.twitter.com/AR1Sf51a7c
Reglamento general sobre competencias en el marco del voto digital
Mediante la Resolución N.° 168-2025-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó sus competencias sobre la aplicación del voto digital en el Perú para las próximas elecciones.
Se preisa que el JNE es el órgano competente para fiscalizar el uso del voto digital, sin perjuicio de las funciones de la ONPE en la organización del proceso y a el Reniec en la identificación de los electores.
En esa línea, el JNE elaborará un plan de fiscalización del voto digital.
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Aprueban el Reglamento general sobre las competencias del Jurado Nacional de Elecciones en el marco del voto digital.
➡️Resolución N° 0168-2025-JNE 👉 https://t.co/26UC1BnYE2
➡️Nota de prensa 👉 https://t.co/KeaQAAmT3Q pic.twitter.com/VFrpJqiqlf
Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica
Mediante Resolución N.° 117-2025-JNE la entidad establece que todas las partes de los procesos jurisdiccionales son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones del mismo emitidos por el JNE y el Jurado Electoral Especial (JEE) a través de sus respectivas casillas electrónicas según corresponda.
Agregan que esta herramienta es importante para la inscripción de los candidatos, exclusión de postulantes, publicidad estatal, propaganda electoral, entre otros.
#NormasLegales | #EG2026
— JNE Perú (@JNE_Peru) April 19, 2025
Aprueban el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones
➡️Resolución N° 0117-2025-JNE 👉 https://t.co/o8suHf5wk0
➡️Nota de prensa 👉 https://t.co/AWM1CU9xbQ pic.twitter.com/ekdsPJgtA8
Reglamento de Gestión de los Jurados Electorales Especiales
Mediante la Resolución N° 162-2025-JNE se dejó sin efecto el Reglamento de Gestión de los Jurados Electorales Especiales para Procesos Electorales del año 2023 para aprobar uno nuevo en el marco de un nuevo proceso electoral del 2026.
#NormasLegales | #EG2026
— JNE Perú (@JNE_Peru) April 19, 2025
Reglamento de Gestión de los Jurados Electorales Especiales para Procesos Electorales
➡️Resolución N° 0162-2025-JNE 👉 https://t.co/fjcBaIdwjb pic.twitter.com/lRgYQiqism
Reglamento que aprubea a cinco jurados de la JEE para conocer caso de dádivas
La Resolución N° 0165-2025-JNE se aprobó "que los Jurados Electorales Especiales de Lima Centro 1, Arequipa 1, Chiclayo, Huancayo y San Martín, correspondientes a las Elecciones Generales 2026, son competentes para conocer las denuncias que se pudieran presentar sobre conductas señaladas en el artículo 42 de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas, conforme a la competencia territorial señalada en la Resolución Nº 0128-2025-JNE"
#NormasLegales
— JNE Perú (@JNE_Peru) April 19, 2025
Establecen que los JEE de Lima Centro 1, Arequipa 1, Chiclayo, Huancayo y San Martín, correspondientes a las #EG2026, son competentes en denuncias sobre conductas señaladas en el artículo 42 de la Ley Nº 28094.
➡️Resolución N° 165-2025-JNE👉 https://t.co/tMCWOY8eXS pic.twitter.com/eUUCC2FeMy
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